lunes 23 de marzo de 2026
23 de octubre de 2025 - 09:11

La Plata: ordenan la inhibición general de bienes de la dueña del depósito incendiado

La Justicia Civil dispuso una medida cautelar que impide a la empresaria Roxana Aloise vender o transferir su patrimonio mientras avanza la causa iniciada por las víctimas del siniestro ocurrido en julio. El depósito había sido clausurado semanas antes del incendio.

La Justicia decretó la inhibición general de bienes de la empresaria Roxana Aloise, en el marco de una causa civil iniciada por las damnificadas del incendio y derrumbe ocurrido el 16 de julio de 2025 en el depósito de Aloise Tecno ubicado en Diagonal 77 y calle 48, en la ciudad de La Plata.

La medida, como informa 0221, fue solicitada por Martina Piccoli y su mamá, Claudia Verónica Salvi (en representación de su otra hija, Mariana Piccoli), quienes denunciaron haber sufrido graves perjuicios materiales y morales como consecuencia del siniestro que destruyó el inmueble lindero donde residían.

También se dispuso una prohibición de innovar, y se ordenó conservar el estado actual de los bienes que forman parte del acervo hereditario de Vicente Aloise, padre de Roxana y titular registral del predio donde funcionaba el depósito.

Esta medida, según el juez, busca evitar que se altere la situación patrimonial mientras se sustancia el reclamo civil, según se desprende de la resolución.

La resolución judicial implica que Roxana Aloise no podrá vender, donar, hipotecar ni transferir bienes a su nombre hasta tanto se defina la cuestión de fondo.

Medida cautelar

En términos procesales, una inhibición general de bienes es una medida cautelar que se comunica al Registro de la Propiedad Inmueble y tiene como finalidad asegurar el cumplimiento de una eventual condena.

En este caso, la decisión se adoptó para evitar que la demandada se desprenda de los bienes adjudicados en el sucesorio de Vicente Aloise. La medida, que fue ordenada con carácter urgente, se notificará también al Juzgado que tramita la sucesión y regirá desde el momento de su inscripción registral.

El juez Federico Martínez, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial 7 de La Plata, sostuvo que se encuentran acreditados los requisitos exigidos por el Código Procesal Civil y Comercial bonaerense: verosimilitud del derecho, peligro en la demora y falta de otro remedio procesal idóneo. “Si se llegase a alterar la situación de hecho o de derecho podría incidir en la sentencia, convirtiéndola en ineficaz o de ejecución imposible”, advirtió en su resolución.

La presentación

Según la presentación judicial, Claudia Salvi y su esposo, Enzo Piccoli, habían comprado en 2021 una vivienda en Diagonal 77 para que sus hijas pudieran estudiar en La Plata. Allí vivía Martina al momento del incendio, mientras que Mariana se encontraba en el exterior realizando una pasantía.

El incendio destruyó por completo la propiedad —que estaba en proceso de venta— y la redujo a “escombros y cenizas”. En su demanda, la familia reclama pérdida total del inmueble, mobiliario y electrodomésticos, además de lucro cesante, daño moral y psicológico, entre otros conceptos.

Los damnificados acompañaron su reclamo con tasaciones, informes de dominio y copias de las actuaciones penales que se tramitan en paralelo.

Clausurado

Uno de los elementos centrales del expediente es el informe de la Municipalidad de La Plata, incorporado a la causa penal, que confirma que el depósito de Altecno S.A. no contaba con habilitación municipal vigente y había sido clausurado el 25 de junio de 2025, menos de un mes antes del incendio, por falta de medidas de seguridad y riesgo estructural.

La clausura no habría sido respetada: según se desprende de la investigación, la actividad comercial continuó. El incendio, que movilizó a más de 20 dotaciones de bomberos, destruyó por completo el edificio y afectó viviendas contiguas, entre ellas la de las hermanas Piccoli.

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