Padrastro condenado y madre absuelta por el beneficio de la duda en un juicio por abusos sexuales denunciados por una joven de Pergamino. El Tribunal en lo Criminal Nº 1 dictó la condena de diez años de prisión de cumplimiento efectivo contra el hombre de 46 años al hallarlo penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia y por haber sido cometido de manera reiterada a lo largo del tiempo.
De acuerdo con el diario La Opinión, la sentencia fue dictada tras el desarrollo del debate oral y público, en el que declararon la víctima, testigos y profesionales que intervinieron durante la etapa de investigación. Luego de analizar la totalidad de la prueba producida, los magistrados concluyeron que se encontraba acreditada la responsabilidad penal del imputado.
Según se dio por probado en el juicio, los hechos se iniciaron cuando la víctima tenía 9 años y convivía con el acusado, quien mantenía una relación de pareja con la madre de la menor. El tribunal tuvo por acreditada una situación prolongada de vulneración de la integridad sexual en el ámbito doméstico. La conducta atribuida al imputado se extendió durante varios años, en un contexto de convivencia y bajo una marcada asimetría de poder.
Los magistrados destacaron la relevancia del testimonio de la víctima. Indicaron que su relato se mantuvo coherente, persistente y compatible con el desarrollo de los acontecimientos reconstruidos durante el proceso. También señalaron que no se advirtieron contradicciones sustanciales ni elementos que permitieran inferir una construcción artificial de los hechos.
Asimismo, se ponderaron informes técnicos elaborados por profesionales especializados. Si bien los jueces aclararon que ningún elemento aislado resultaba concluyente por sí mismo, entendieron que el conjunto probatorio permitió alcanzar el grado de certeza requerido para una condena penal.
Condenado por abuso sexual
Al momento de individualizar la pena, el tribunal valoró como circunstancias agravantes la reiteración de la conducta, la extensión temporal de los hechos, la edad de la víctima al inicio de los episodios y el contexto de convivencia, que implicó un abuso de confianza y de la posición de autoridad que detentaba el imputado. Como atenuante, se tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes penales. No obstante, los jueces consideraron que la gravedad objetiva de los hechos y el impacto producido justificaban la imposición de una pena de diez años de prisión de cumplimiento efectivo.
Madre absuelta por el beneficio de la duda
En la misma resolución, el tribunal se expidió sobre la situación procesal de la madre de la víctima, quien había sido acusada como partícipe necesaria. Los magistrados concluyeron que no se logró acreditar con certeza que hubiera tenido conocimiento efectivo y comprobado de los hechos. En ese sentido, explicaron que en materia penal la responsabilidad debe fundarse en prueba concreta y suficiente, y que las sospechas o inferencias no alcanzan para desvirtuar el principio de inocencia. Por tal motivo, resolvieron absolverla por el beneficio de la duda, según consignó el diario La Opinión.
Fuente: Agencia DIB