El Gobierno nacional eliminó una prohibición de venta de productos de nicotina que regía en el país desde hacía más de una década. A través de la creación un marco de regulación integral, se incluyó a productos como incluidos vapeadores, tabaco calentado y bolsitas de nicotina (pouches).
En una resolución conjunta de los ministerios de Economía y Salud, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) y la Jefatura de Gabinete, se habilitó la comercialización de vapeadores, bolsitas de nicotina y dispositivos de tabaco calentado, entre otros, siempre que estén “debidamente registrados”.
El texto, publicado en el Boletín Oficial, fundamenta la decisión en la necesidad de “ordenar el mercado” informal de estos productos. Según el Gobierno, “se consumen igual, se venden de manera ilegal, no tienen trazabilidad, no hay control sobre su contenido y no tributan”. “La prohibición no frenó el consumo: lo empujó a la informalidad”, señalaron desde la cartera sanitaria.
Hasta ahora, en el país regía un esquema restrictivo respaldado por la Anmat y el Ministerio de Salud. La Disposición 3226/2011 prohibía la importación, distribución, comercialización y publicidad de vapeadores y cigarrillos electrónicos. En 2023, otra resolución reafirmó la prohibición sobre los sistemas electrónicos de administración de nicotina y extendió la restricción a los dispositivos de tabaco recalentado, que tampoco podían venderse ni importarse legalmente por no contar con autorización sanitaria.
El nuevo esquema, en tanto, exigirá que ningún producto pueda venderse sin estar registrado. Se deberán declarar los componentes y cumplir estándares de calidad, además de establecer límites estrictos sobre ingredientes permitidos, concentración de nicotina, sustancias prohibidas y condiciones de fabricación. La eliminación de saborizantes en los vapeadores será un punto central, ya que los expertos lo identifican como el mecanismo principal de ingreso al consumo adolescente.
Para el Ministerio de Salud, ahora, “la experiencia acumulada muestra que los esquemas de prohibición absoluta en mercados dinámicos terminan favoreciendo la circulación de productos ilegales, sin control ni estándares, aumentando los riesgos”.
De acuerdo con la decisión administrativa publicada este lunes, con el levantamiento de la restricción se crea un “registro obligatorio para todos los productos”, de los que las empresas que los comercializan e importan deberán “declarar su composición y cumplir estándares de calidad”, además de tener capacidad de implementar su “trazabilidad” una vez en el mercado y asignarles la “responsabilidad” sobre lo que los usuarios consuman. “Solo podrán venderse productos que estén debidamente registrados”, destacó Salud.
Fuente: Agencia DIB