Aguas Bonaerenses (ABSA) recordó que, a partir de la sanción de la Ley Provincial N° 15.560, se introdujeron modificaciones al Marco Regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales en la provincia de Buenos Aires.
En ese sentido, la normativa vigente establece que las deudas por servicios se encuentran afectadas al inmueble hasta su cancelación, conforme lo previsto en el artículo 64 bis del citado Marco Regulatorio.
Asimismo, dispone que, previo a la escrituración de una transferencia de dominio, debe solicitarse a la concesionaria el correspondiente certificado en el que conste la deuda que registre el inmueble.
En este marco, Aguas Bonaerenses pone a disposición los medios necesarios para la emisión de dichos certificados, mientras que el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires difunde entre sus colegiados los procedimientos, canales y herramientas para su correcta solicitud.
Estas acciones contribuyen a brindar mayor previsibilidad y transparencia en las operaciones de transferencia de dominio, promoviendo el cumplimiento de la normativa vigente.
Fuente: Agencia DIB