lunes 18 de mayo de 2026
21 de octubre de 2025 - 13:27

Elecciones 2025: qué se puede hacer y qué no durante la veda

Desde el viernes comienza la veda electoral. Cuáles son las restricciones y qué hay que saber hasta el escrutinio definitivo.

En concreto, el viernes 24 de octubre comienza la veda electoral en todo el país, marcando el cierre de la campaña y el inicio de restricciones para candidatos y ciudadanos. Esta medida garantiza que los votantes reflexionen antes de emitir su voto el domingo, día en que se celebrarán las legislativas 2025.

De esa manera, los días previos y la misma jornada de las elecciones estarán restringidas distintas actividades vinculadas al proselitismo. Además, hay actividades no permitidas el mismo domingo de los comicios.

Las prohibiciones dentro de la veda electoral

  • Se prohíben los actos públicos de campaña y toda actividad de proselitismo electoral, lo que incluye la difusión de avisos publicitarios, el reparto de boletas y la apertura o funcionamiento de locales partidarios.
  • Se prohíbe el proselitismo electoral y posteos en redes sociales destinado a promover el voto de un candidato en particular.
  • Se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo.
  • La venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 20 del sábado.
  • La portación de armas está prohibida durante la veda electoral.
  • Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
  • Todas aquellas personas que induzcan el voto o incentiven el ausentismo, recibirán penas de dos meses a dos años de prisión.
  • Los que utilicen medios tendientes a violar el voto secreto pueden recibir hasta tres años de cárcel. (DIB)
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