El Juzgado Civil y Comercial N° 16 de Mar del Plata condenó a la agencia de viajes Almundo.com a indemnizar con $ 68,9 millones -que trepan a $97 millones con costas e intereses- a una familia que había contratado cinco pasajes aéreos a Europa en 2020 y recibió, dos años después, un reintegro en pesos por el monto original, pese a la fuerte devaluación ocurrida en ese lapso.
El caso se inició cuando, en febrero de 2020, un matrimonio adquirió los boletos a través de la agencia para viajar por Air France entre julio y agosto de ese año. La pandemia de Covid-19 obligó a cancelar los vuelos y la aerolínea ofreció la posibilidad de reprogramar el viaje hasta fines de 2021 o solicitar el reembolso por un total de US$ 5.126.
La familia optó por el reintegro, pero en abril de 2022 recibió $ 333.656, la misma suma en pesos que había abonado en 2020, cuando la inflación acumulada ya superaba el 133%.
Acción judicial
Frente a esa situación, los damnificados iniciaron una acción judicial por incumplimiento contractual, daños y perjuicios y trato indigno. La agencia alegó que había actuado como intermediaria entre los pasajeros y la aerolínea, que devolvió el 100% de lo abonado en la moneda de pago y que no podía ser responsabilizada por la pandemia ni por la devaluación.
La jueza Gabriela De Sabato consideró probado que Air France reconoció la deuda en dólares y que Almundo no acreditó haber recibido un reembolso en pesos. Calificó como inadecuada e insuficiente la restitución realizada y encuadró el caso en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor, al tiempo que destacó el incumplimiento de los deberes de información, asesoramiento y trato digno.
De Sabato remarcó que “la agencia de viajes incumplió el deber de reembolsar en forma adecuada y suficiente el valor de los pasajes, vulnerando la seguridad e intereses económicos, y las condiciones de trato digno de los actores consumidores. La arbitrariedad de pagar en pesos, de por sí es suficiente para condenar por daños punitivos, pero viene acompañada de otra conducta grave y desaprensiva: el pretender liberarse con mala fe, abonando la misma suma pagada por los consumidores pasados 788 días, en un país en el cual la inflación aproximada fue del 133,3%”.
40 canastas básicas
En su resolución, la magistrada ordenó un reintegro en dólares, el pago de US$ 12.000 adicionales por "daño moral" y una multa en concepto de daño punitivo equivalente a 40 canastas básicas para un hogar tipo 3. La suma total de la indemnización asciende a $ 68,9 millones, pero con costas e intereses llega a $ 97 millones, monto que la empresa deberá depositar en caso de no apelar el fallo. (DIB)