El abogado defensor de Lucas Pertossi, Ignacio Nolfi, solicitó la excarcelación del imputado en el marco de la prisión preventiva, al considerar “excesiva” la duración de la medida y plantear una “disminución sustancial de los peligros procesales”. El joven fue condenado a quince años de prisión como partícipe necesario en el asesinato de Fernando Báez Sosa.
De acuerdo con el escrito presentado ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores, la defensa requirió la aplicación de una medida alternativa menos gravosa, como el arresto domiciliario, el monitoreo electrónico o la obligación de presentaciones periódicas ante la Justicia, según la agencia Noticias Argentinas.
El planteo se da luego de que el letrado ya hubiera solicitado, en instancias anteriores, la nulidad de la condena contra el rugbier. En esta oportunidad, la defensa centró su argumento en la extensión de la prisión preventiva y en la situación procesal actual de la causa.
En el documento se sostuvo que la prisión preventiva “no puede ser entendida como una forma de adelanto de pena”, sino como una medida excepcional. En ese sentido, se indicó que Pertossi permanece detenido desde enero de 2020, lo que, según señalaron, supera el “plazo razonable” previsto en normas constitucionales y tratados internacionales.
Asimismo, se argumentó que ya no existen riesgos procesales que justifiquen la continuidad de la detención. La defensa afirmó que la causa “se encuentra completamente concluida”, que el juicio oral ya fue realizado y que solo resta la resolución de los recursos presentados ante la Corte Suprema de Justicia.
En esa línea, se reiteró que la prisión preventiva es una medida “de carácter excepcional”, cuya finalidad es “asegurar los fines del proceso penal”, por lo que “no puede ser entendida como una forma de adelanto de pena”, sino como un recurso “provisional”. “La continuidad de la prisión preventiva tiende a equiparar en los hechos los efectos de la medida cautelar con los de la ejecución de una pena”, indicaron.
Finalmente, la defensa consideró que “los peligros procesales que pudieron haber justificado” la detención “en las etapas iniciales del proceso” estarían “debilitados con el transcurso del tiempo y con el propio desarrollo del proceso penal”. En ese marco, también se destacó la conducta del imputado durante su detención, sin sanciones disciplinarias, su participación en actividades educativas y el inicio de estudios universitarios en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata.
Fuente: Agencia DIB