miércoles 10 de junio de 2026
10 de junio de 2026 - 15:00

Bomberos voluntarios: oficializan la lista de entidades con reconocimiento vigente

El Gobierno nacional estableció un sistema de certificación anual para más de mil entidades de todo el país.

La Agencia Federal de Emergencias (AFE) aprobó la nómina de entidades con reconocimiento vigente dentro del Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios y estableció un sistema de certificación anual que permitirá acreditar formalmente su situación registral ante organismos públicos nacionales y provinciales.

La medida alcanza a todas las asociaciones de bomberos voluntarios cuyo reconocimiento se encontraba vigente al 30 de abril de 2026 y sobre las que no pesara ninguna resolución de suspensión o revocación. La acreditación tendrá validez entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027.

De acuerdo al registro al que accedió Agencia DIB, las entidades en todo el país suman 1.138, de las cuales 265 son de la provincia de Buenos Aires.

La resolución dispone la emisión de un “Certificado de Vigencia del Reconocimiento e Inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios”, documento que servirá para que cada entidad pueda demostrar su condición ante distintos organismos al momento de gestionar beneficios, exenciones, franquicias o programas de asistencia.

Según explicó la AFE, el reconocimiento e inscripción en el registro constituye un requisito habitual exigido por distintos organismos estatales para acceder a beneficios previstos por la normativa vigente.

anexo bomberos

La medida se enmarca en la reorganización institucional impulsada por el Gobierno nacional tras la creación de la Agencia Federal de Emergencias, organismo dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional. Entre sus atribuciones figura la aplicación de la Ley 25.054, que regula el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, así como la fiscalización de la actividad y la administración del registro nacional de entidades.

La resolución aclara que la inclusión en la nómina aprobada no implica necesariamente que las entidades hayan cumplido con todas las obligaciones de actualización registral previstas por la normativa. Sin embargo, destaca que una eventual demora en la presentación de documentación no provoca de manera automática la pérdida del reconocimiento ni la exclusión del registro, ya que esas situaciones deben tramitarse mediante procedimientos específicos.

Asimismo, el texto remarca que la nómina tiene carácter declarativo y refleja la situación registral existente al momento del corte establecido, sin modificar los actos administrativos que originalmente otorgaron el reconocimiento a cada institución.

Fuente: Agencia DIB

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