El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó las condiciones y procedimientos de habilitación de los transportes de animales vivos y productos de origen animal. La Resolución 723/2025 publicada el viernes en el Boletín Oficial incorpora nuevas exigencias técnicas y sanitarias que deberán cumplirse en todo el territorio nacional.
Entre los cambios más relevantes se incluye la incorporación de nuevos tipos de transporte, como el “Bitrén”, un vehículo articulado para el traslado de animales. También se habilitarán unidades no contempladas previamente, siempre que resulten funcionales para cada especie.
La resolución además autoriza el uso de malla cuadriculada en vehículos destinados al transporte de porcinos, lo que permite la habilitación de transportes “multiespecie”. Otro aspecto destacado es la inclusión, dentro de los vehículos que no requieren habilitación sanitaria, de aquellos que trasladen abejas, productos y subproductos de la industria apícola, aves ornamentales, ejemplares de exposición y peces ornamentales.
El nuevo esquema contempla, a su vez, una habilitación provisoria de 90 días para los transportes que no cumplan con los requisitos iniciales.
Senasa: Programa de Certificación Sanitaria
En paralelo, se crea el Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, destinado a fabricantes que deseen homologar sus diseños antes de su comercialización. Este mecanismo, sujeto a auditorías y supervisión del organismo sanitario, tendrá una validez de cinco años por cada modelo de vehículo nuevo destinado al traslado de animales vivos y mercancías de origen animal.
De esta manera, “el Senasa actualiza y simplifica los requisitos y procedimientos técnicos de habilitación contemplados en resoluciones previas, alineando la regulación de nuestro país con los estándares internacionales más altos y fortaleciendo el control sanitario, la inocuidad de los productos transportados y la competitividad del sector productivo”. (DIB)