La Plata, jul 1 (DIB).- Mientras muchas familias ya
comenzaron a organizar una escapada para el próximo fin de semana largo, otros
se preguntan si el martes 9 de julio en el que se celebra el Día de la
Independencia termina conformando con el lunes uno de los denominados feriados “puente”.
Según el calendario del Ministerio del Interior
para este 2019 y tal como lo dispone el artículo 7° de la Ley N° 27.399, el
lunes 8 de julio no es considerado “feriado puente” pero si como un “día
no laboral con fines turísticos”.
“El Poder Ejecutivo nacional podrá, adicionalmente a lo
establecido en el artículo anterior, fijar anualmente hasta tres días feriados
o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán
coincidir con los días lunes o viernes”, indica el artículo.
De esta forma, al no ser un feriado nacional, cada empleador
deberá decidir si da el día libre o no, dependiendo de sus necesidades y
demandas, como suele ocurrir -por ejemplo- con el Jueves Santo. Los que
seguramente puedan tomárselo como un “feriado” serán los empleados de la
administración pública de todo país.
En caso de que dirección de la empresa decida que sus
trabajadores deben cumplir con su jornada habitual, la jornada se pagará como
cualquier otro día. Es decir, no habrá paga doble como suele suceder en los
feriados. Para tener una dimensión de lo que esto significa, el último Jueves
Santo fue un día no laborable con fines turísticos.
Cabe recordar que el calendario este año llegó con 12
feriados inamovibles por Carnaval, fechas patrias y celebraciones
religiosas más 4 que se trasladan para generar un total de 8 fines
de semana largos. Serán no laborables con fines turísticos además de
este lunes 8 de julio, el 19 de agosto y 14 de octubre, mientras que el Día de
la Soberanía Nacional se adelanta del miércoles 20 de noviembre al lunes 18.
(DIB) FD