El Gobierno nacional flexibilizó este miércoles el procedimiento de autorización para que pilotos y aerolíneas hagan vuelos dentro y hacia afuera del país. De acuerdo a la Resolución 567/2025 publicada en el Boletín Oficial sólo se pedirá que se notifique vía correo electrónico a la Administración Nacional de Aviación Civil (Anac).
La norma establece un nuevo “Procedimiento de Información de Operación de Vuelos Regulares, No Regulares y Especiales” con inicio, escala o destino en aeródromos argentinos. Según el texto, a partir de ahora los operadores aéreos nacionales deberán informar sus servicios programados, que luego serán sometidos a fiscalización, sin necesidad de acreditar previamente la obtención de slots u horarios.
Según la resolución, sólo se informará vía correo electrónico a la Anac sobre la operación. En tanto, para los vuelos internacionales también se envía un correo electrónico y si no hay respuesta en cinco días, el vuelo queda habilitado. Esto alcanza a vuelos regulares, no regulares y especiales en el territorio nacional y son los operadores aéreos locales y extranjeros quienes deben informar al organismo en cuestión.
En el caso de vuelos regulares nacionales, se deberán informar por trimestre con una antelación de hasta 30 días corridos. Para los internacionales, se tiene que enviar el correo con una antelación de 60 días corridos informando la operación de la temporada. Por último, para vuelos especiales y no regulares, se podrá notificar a la Anac con al menos 48 horas de anticipación.
De acuerdo a lo fundamentado en los considerandos de la norma, la medida busca adecuar la normativa al Decreto de Necesidad y Urgencia 338/25 que reformó el Código Aeronáutico y se enmarca en el nuevo esquema de política de aviación que promueve la libre competencia, el acceso abierto al mercado y la desburocratización del sector. (DIB)