La Plata, dic 6 (DIB).- A raíz de los incidentes que se
produjeron en el Monumental con el plantel de Boca el pasado 24 de noviembre, el
Gobierno nacional oficializó la nueva forma de “registro” que deberán
tener aquellos que asistan a un partido de fútbol: será algo similar a lo que
fue el “Fan ID” en el Mundial de Rusia.
Será obligatorio empadronarse para asistir a un “espectáculo futbolístico”
De acá en adelante, los hinchas deberán estar empadronados y
registrados para poder concurrir a un espectáculo futbolístico en todo el país
y la emisión de la credencial identificatoria, similar al “id” que se utilizó en
Rusia, estará a cargo del organizador del evento, según lo dispuso el
Ministerio de Seguridad de la Nación.
La resolución fue publicada hoy en el Boletín Oficial y
establece la obligatoriedad de girar los datos de la persona a empadronar a la
Dirección Nacional de Seguridad e Espectáculos Deportivos, para su cotejo en
relación a las medidas restrictivas de ingreso en vigencia.
“Establézcase la exigencia de empadronamiento y
registro de toda persona que concurra a un espectáculo futbolístico en el
territorio de la República Argentina. La emisión de la credencial
identificatoria del simpatizante empadronado estará a cargo del
Organizador”, dispone la norma.
En otro artículo de la resolución se instruye a la Dirección
Nacional de Seguridad en Espectáculo Futbolísticos “a dictar, previa
conformidad de la máxima autoridad de la jurisdicción, las normas técnicas
complementarias, aclaratorias e interpretativas pertinentes, como así también
la suscripción de convenios necesarios para la implementación y cumplimiento de
lo establecido en la presente”.
La resolución del Ministerio se basa en la Ley del Deporte,
que establece que el Estado Nacional, por intermedio de sus organismos
competentes, debe velar por la seguridad y corrección de los espectáculos
deportivos.
En ese contexto, se introdujo en la legislación el
“Régimen Penal y Contravencional para prevención de la violencia en los
espectáculos deportivos” y el Ministerio de seguridad elaboró el
denominado “Reglamento de Prevención contra la violencia e Espectáculos
Futbolísticos” y las disposiciones necesarias para su implementación.
En el artículo 11° del citado reglamento queda establecido
que el Organizador deberá comprobar la identidad de los concurrentes a un
espectáculo futbolístico a través de la presentación del Documento Nacional de
Identidad (D.N.I.) o Pasaporte, según el caso, o identificación biométrica.
Por lo tanto, el Ministerio propicia “en el territorio
de la República Argentina la creación y vigencia del empadronamiento de las
personas que deseen asistir a un encuentro futbolístico, en cualquiera de sus
categorías divisionales, quedando en cabeza del organizador la facultad de
disponer la modalidad de la carga y registro para conformar dicho
empadronamiento y extender la credencial identificatoria del
simpatizante”. (DIB) FD