En la poderosa Tercera sección hay en juego 18 bancas de diputados; en la Segunda, 11; en la Sexta, 11; y en la Octava (La Plata) 6 diputados provinciales. En tanto, en la Primera, que incluye 24 municipios del conurbano norte y oeste, se eligen 8 senadores; en la Cuarta, 7; en la Quinta, 5; y en la Séptima, se renuevan 3 bancas.
Del total de 14.376.592 personas habilitadas para ir a las urnas, el 71% corresponden a la Primera sección electoral, donde se dará una batalla clave, y la Tercera, el bastión en el que el peronismo es casi inexpugnable. Estas dos regiones que reúnen 43 distritos reúnen a 10.233.038 de posibles votos.
La Segunda, que arranca en Zárate e incluye a municipios grandes como San Nicolás o Pergamino, suman 661.721 electores, el 4,60% del padrón. La Cuarta Sección, con 19 municipios del noroeste bonaerense como Junín y Chivilcoy a la cabeza, suma 547.677 electores, el 3,81% del padrón.
Por su parte, la Quinta (27 municipios) con epicentro en Mar del Plata, tiene 1.336.787 votantes, el 9,29% del padrón. La Sexta Sección, con 22 municipios del sudoeste y donde destaca Bahía Blanca, suma 672.483 electores, lo que representa el 4,68%.
Mientras que la Séptima Sección Electoral, que abarca solo a ocho municipios de la zona centro, tiene apenas 285.047 votantes, el 1,98% de la provincia, la Octava Sección, sólo La Plata, tiene 639.839 electores, el 4,45% del padrón.
La Plata aérea
Una vista aérea de La Plata. (Agencia DIB)
3- El peso del voto “extranjero”
Más de un millón de extranjeros residentes en la provincia de Buenos Aires quedaron habilitados para participar en las elecciones legislativas, lo que marca un fuerte crecimiento en comparación con el comicio de hace cuatro años.
Según una resolución de la Junta Electoral, el número total es de 1.015.233. La cifra marca un crecimiento de 23,7% en relación con la votación legislativa de 2021, cuando eran 820.530 los que estaban en condiciones de votar. En este contexto, la Justicia electoral ordenó la constitución de 2401 mesas de extranjeros en los 135 distritos bonaerenses.
4- El rol del voto joven
La Junta Electoral bonaerense definió el uso del padrón y la participación de jóvenes en las elecciones provinciales y aclaró la situación de aquellos que cumplan 16 años entre ese comicio y el nacional del 26 de octubre.
Según la normativa vigente, los argentinos nativos y por opción pueden votar desde los 16 años, y los naturalizados a partir de los 18, siempre que estén debidamente inscriptos en el Registro Electoral y no se encuentren inhabilitados legalmente.
Sin embargo, como el Ejecutivo Provincial decidió no adherir al régimen de simultaneidad con las elecciones nacionales, se generará una diferencia clave en el universo de votantes: quienes no hayan cumplido los 16 años al 7 de septiembre, fecha de las elecciones provinciales, no podrán votar en esa instancia, aunque sí podrán hacerlo en los comicios nacionales del 26 de octubre, si ya han alcanzado la edad requerida.
5- Todos miran al ausentismo
Hasta el momento, los índices de participación en las elecciones de 2025 se ubicaron -en promedio- en torno al 60%, casi veinte puntos por debajo de la media histórica, algo que marca un escenario inédito e imprevisible. Sin embargo, las distintas fuerzas políticas hacen interpretaciones diversas sobre a quién puede favorecer la baja participación.
Lo cierto es que en el territorio bonaerense, entre 2013 y 2023, el promedio de participación electoral fue del 76%. En ambos casos fueron comicios simultáneos con los nacionales, algo que esta vez no va a suceder.
6- Qué pasa si no voto en las elecciones
Según la Ley Electoral Provincial N° 5109, los electores mayores de 18 años y menores de 70 años que figuren en el padrón electoral tienen la obligación de emitir su voto en las elecciones legislativas provinciales. Por lo tanto, quienes no participen de los comicios de este domingo serán sancionados por la justicia electoral provincial.
El artículo 137 de la Ley Electoral Provincial N° 5109 establece una multa para los electores que no emitan su voto y no justifiquen su ausencia ante la Junta Electoral. Actualizado por este organismo, podría salir entre $1000 y $2.000. Además de la sanción económica, el Gobierno provincial advierte que el infractor puede quedar registrado en el Registro de Infractores al deber de votar. Las multas recaudadas se destinan al fomento de la educación común en los respectivos distritos.
elecciones resultados
El Correo trabajando en los resultados de las elecciones.
7- Cuándo se conocerán los resultados
La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires (JEP) difundió el horario y las condiciones en las que se difundirán los primeros resultados del escrutinio provisorio. Según indicó, la difusión deberá comenzar a las 21 del domingo o cuando se haya cargado un porcentaje representativo que supere al menos el 30% de las mesas escrutadas en cada sección electoral.
En la provincia hay ocho secciones electorales: las más importantes son la Primera y la Tercera, que tiene más de cinco millones de votos cada una, sobre 14 millones del total.
8- Qué pasa con el voto nulo en esta elección
Tras el desdoblamiento electoral, la provincia de Buenos Aires modificó el sistema de conteo de votos, ya que en las próximas elecciones se aplicarán los lineamientos de la ley electoral provincial y no los criterios históricos vinculados a los comicios nacionales.
La normativa vigente, representada en la Ley 5.109, establece solo tres categorías de votos: afirmativos, en blanco y de identidad impugnada. El voto nulo no forma parte de esta clasificación.
La ley contempla distintas situaciones en el proceso de emisión y conteo. Según el Artículo 86, si se encuentran varias boletas en un mismo sobre y pertenecen al mismo partido, se contará solo una; si corresponden a listas diferentes, ese voto se considerará en blanco.
El Artículo 87 determina que únicamente serán válidas las boletas oficializadas. En caso de detectarse boletas no autorizadas por la Junta Electoral, esos sufragios también contarán como votos en blanco.
En tanto, el Artículo 88 detalla que serán considerados votos en blanco aquellos sobres que contengan boletas ilegibles, sin nombres válidos de candidatos o con listados múltiples cuyo orden no pueda determinarse, así como las papeletas que permitan identificar al votante. (DIB)