Apenas horas después de haber sido aprobada en Diputados, el gobernador de La Pampa , Sergio Zilliotto, judicializó la reforma de la ley de Glaciares a través de la presentación de un recurso de amparo que cuestiona la constitucionalidad de la nueva norma y pide que se declare su nulidad absoluta.
A horas de ser aprobada, Zillioto judicializó la reforma de la ley de glaciares
El gobernador presentó un amparo para que se declare la inconstitucionalidad de la norma. Lo apoyaron una universidad nacional y fundaciones.
Ziliotto ordenó presentar la acción judicial ante la Justicia Penal de Santa Rosa, y logró la adhesión, con la firma incluida, de la Universidad Nacional de La Pampa, la Asociación Civil Asamblea por los Ríos Pampeanos y la Fundación Chadileuvú (Fuchad), que se sumaron así al escrito del gobierno.
Los demandantes sostienen que la ley aprobada esta madrugada por la Cámara de Diputado s introduce cambios regresivos en la protección ambiental y vulnera derechos constitucionales.
En el escrito judicial se solicita que se declare la “ inconstitucionalidad, inconvencionalidad y nulidad absoluta de la Ley Nº 27.804 ”, al considerar que la reforma “introduce reformas regresivas al régimen de presupuestos mínimos contenido en la ley de glaciares” y lesiona derechos colectivos de raigambre constitucional, como el derecho al ambiente sano y al acceso al agua.
Además, reclaman la suspensión inmediata de la norma hasta que haya una sentencia definitiva. Argumentan que permitir su aplicación mientras se discute su validez podría generar “daños ambientales graves e irreversibles ”. Según plantean, la nueva legislación habilita actividades “ susceptibles de alterar ecosistemas ” y aseguran que eso introduce un riesgo concreto para el ambiente “cuya recomposición podría resultar extremadamente compleja, cuando no directamente imposible”.
Hasta esta madrugada, la ley de glaciares sancionada en 2010 confería una protección total sobre el ambiente glaciar y periglacial por considerarlo reserva estratégica de recursos hídricos y proveedor de agua para las cuencas hidrográficas. El Instituto de Nivología y Glaciología (Ianigla) ya inventarió casi 17.000 cuerpos de hielo a lo largo de la Cordillera de los Andes y las islas del Atlántico Sur.
La nueva ley, en cambio, establece que esa protección regirá “hasta tanto” las provincias que contienen glaciares comprueben, mediante estudios técnicos más profundos, qué áreas cumplen con esa función hídrica y cuáles no. Las zonas en las que se verifique que no son reservas de agua se podrán sacar del inventario del Ianigla y habilitar allí proyectos productivos, hasta ahora prohibidos.
Presupuestos mínimos y regresividad ambiental
El eje del planteo judicial es que los cambios vulneran el principio de presupuestos mínimos ambientales previsto en el artículo 41 de la Constitución Nacional. Para los demandantes, el nuevo esquema rompe el estándar uniforme de protección que debe fijar la Nación.
La demanda sostiene que el estado nacional tiene la obligación de garantizar “un piso uniforme de tutela que de ninguna manera puede quedar librado a determinaciones variables o fragmentarias de cada jurisdicción ”, especialmente cuando se trata de bienes ambientales interjurisdiccionales como los sistemas glaciares y las cuencas hídricas.