La Plata, jul 30 (DIB).- Con el fenómeno de las plataformas digitales de servicios, que en la Argentina popularizaron las firmas extranjeras Glovo, Rappi y Pedidos Ya, surgieron intentos de organización sindical que si bien tienen antecedentes en Europa, son los primeros a nivel regional. La existencia de un vacío legal que regule la actividad, expone a los trabajadores -“colaboradores” para las empresas- muchas veces a condiciones laborales precarias.
Glovo, Rappi y PedidosYa: la experiencia gremial argentina, la primera en la región
Desde el año pasado en nuestro país, más precisamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), existe la Asociación de Personal de Plataformas (APP), que aunque no logró ser inscripta, es la primera experiencia gremial de este tipo en el continente.
“La iniciativa era inevitable ante la tradición de dinamismo del movimiento sindical en la Argentina”, le dijo a DIB el abogado laboralista asesor de APP, Juan Manuel Ottaviano, aunque sostuvo que aún es un proyecto incipiente, porque “el sistema de rotación implica que no haya estabilidad de un colectivo de trabajadores por más de tres o cuatro meses, y eso hace difícil la organización”.
Un informe del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), en conjunto con BID Lab y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) reveló que este tipo de plataformas (dentro de las que incluye a Uber, Cabify y Mercado Libre) no parecen ser una vía hacia el primer empleo.
De hecho, los datos recogidos muestran que casi la totalidad de los encuestados tiene o tuvo una ocupación antes de ingresar en la plataforma, de los cuales un 60% tenía experiencia laboral previa en tareas que realiza actualmente. Y entre quienes se dedican exclusivamente a ese trabajo, antes estuvieron unos cuatro meses buscando otras oportunidades laborales.
Ottaviano se mostró confiado en que la experiencia gremial se propagará por otras ciudades. “Tenemos contacto y diálogo con muchos trabajadores de todo el país”, amplió el abogado, quien señaló que la iniciativa local tiene antecedente en las expresiones sindicales surgidas en Europa, más precisamente en Alemania, España y Gran Bretaña, donde las plataformas de este tipo desembarcaron hace ya más de cinco años.
El abogado explicó que las empresas se amparan en un “supuesto modelo de negocios basado en la economía colaborativa, que supone que las plataformas son meras intermediarias entre quienes demandan el servicio y quienes lo ofrecen”. Sin embargo, sostuvo que “lo real es que hay una relación laboral porque existe una asignación directa de trabajo y en algunos casos se aplican sanciones si ese sistema no se cumple”.
En ese sentido, señaló que las primeras protestas surgieron cuando se cambió el sistema de asignación de pedidos. “Inicialmente, las plataformas desplegaron un sistema por el cual se aparentaba una supuesta relación de autonomía, pero rápidamente se empezó a regular la actividad, con lo cual se configura la relación de trabajo”, indicó.
Ottaviano señaló que eso generó “una reacción de los trabajadores que implicó la necesidad de organizarse porque no tienen ninguno de los derechos ni condiciones de trabajo asociados a la relación laboral: limitación de horas, salario fijo, básico, etcétera”.
“Hay personas que dependen de las plataformas como ingreso principal para sus vidas y cumplen jornadas de trabajo extendidas, de 10 a 12 horas por día”, indicó.
Según Cippec, puede observarse “cierta informalidad” respecto a las condiciones laborales. En efecto, sólo un 55% de los encuestados afirmó realizar aportes provisionales por su actividad en la plataforma (de los cuales casi el 90% lo hace a través del régimen de monotributo), y apenas el 40% posee una obra social a raíz de su trabajo.
“Pensamos que tiene que haber una regulación específica para contener y contemplar estas novedades que aporta la tecnología pero sobre la base de derechos que ya están en la legislación: limitación de horas, salario fijo, protección de salud y seguridad en el trabajo. No estamos hablando de una gran inventiva, sino de derechos instituidos en la Argentina hace casi un siglo”, resumió Ottaviano.
Fallos judiciales
La primera pulseada judicial en ese sentido se ganó en Madrid, España, donde un reciente fallo obliga a la empresa de reparto a domicilio Deliveroo a considerar a sus cadetes trabajadores asalariados, y no autónomos, como defendía la empresa. Así, deben ser dados de alta en el régimen de seguridad social y aportar como los empleados regulares.
Hasta el momento, esta es la mayor sentencia contra una plataforma de reparto a domicilio en España, pero no es la única ni todos los procesos han terminado igual.
En nuestro país, por ejemplo, poco después de que la justicia comenzara a aplicar una multa a Rappi por mantener una supuesta “conducta antisindical”, la Sala IX de la Cámara del Trabajo revocó la medida cautelar de primera instancia que había generado ese castigo. Y con esa decisión, Rappi deja de pagar la multa y la causa vuelve al juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 37, a cargo de Stella Maris Vulcano.
En abril pasado, la justicia le ordenó al Gobierno porteño que prohíba la actividad de estas plataformas en todo el territorio de la Ciudad hasta que cumplan con los requisitos mínimos estipulados en el Código de Tránsito y Transporte.
La medida, dispuesta por el titular del juzgado N°2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Roberto Gallardo, se basó en un relevamiento de la Policía de la Ciudad a más de 400 ciclorodados, en el que se descubrió que el 77% circulaba con el portaobjetos cargado en su espalda; el 70% desempeñaba tareas sin seguro alguno; y por último, un 67% circulaba sin casco.
Tres en uno
Uriel tiene 25 años, es de La Plata y realiza repartos para las tres aplicaciones. “Lo que sí no podés es recibir pedidos en simultáneo”, contó a DIB. “Hay días que trabajo 13 horas y otros, cuatro. Eso depende”, agregó. Y si bien afirmó que puede manejar sus propios horarios, dijo que en Glovo hay que “ganarse” esa condición. “Cuando empezás te asignan repartos en las horas de alta demanda, y si cumplís vas sumando puntos para que te den más trabajos en otras franjas horarias. En cambio en Rappi, te comienzan a llegar pedidos ni bien te conectás”.
Mientras que en Pedidos Ya, el trabajo es más regular y personalizado: “Si uno rechaza varios pedidos, te pausan por 30 minutos, pero por lo general se comunica algún encargado para preguntarte si te pasó algo. Además, tenemos un seguro médico que se llama Me Cubro”.
El año pasado, Uriel estuvo en las concentraciones que realizaron los repartidores en la Plaza Moreno para pedir mejores condiciones de trabajo y seguridad. “Sólo Glovo en La Plata tiene en 600 cadetes activos. Y la gran mayoría también trabajan en Rappi”, indicó. En ese sentido, Uriel volvió a marcar una diferencia con Pedidos Ya: “Muchos están en blanco, y los demás son monotributistas”, dijo.
Uriel dijo que todas las empresas “tienen ventajas y desventajas. En Rappi, por ejemplo, no te pagan la espera, pero los pedidos salen rapidísimo, y eso te permite agarrar más trabajos. En cambio en Glovo, si bien tenés que esperar más, te pagan $ 2 el minuto”.
Uriel sostuvo que lo bueno de estas empresas es que “ante la falta de trabajo que hay, no discriminan a nadie y cualquier persona puede trabajar, sin importar, por ejemplo, la edad o la experiencia”. (DIB) MCH