El Concejo Deliberante de General Pueyrredon aprobó por unanimidad una ordenanza que prohíbe perseguir, hostigar o molestar a la fauna silvestre en el distrito. La medida contempla sanciones previstas en el Código Contravencional y rige durante todo el año, tanto para las personas como para las interacciones con animales domésticos.
Se podrán aplicar multas a quienes molesten a la fauna silvestre en las playas de Mar del Plata
La medida tendrá vigencia durante todo el año, y las multas se aplicarán tanto para las personas como a las interacciones con animales domésticos.
La normativa cobra relevancia ante la creciente presencia de elefantes marinos en la costa marplatense, a donde llegan para dar a luz y completar el período de lactancia de las crías. En los últimos días, un ejemplar juvenil llegó a la playa en la zona del Ex Instituto Unzué, mientras que en el mismo sector continúa el desarrollo de Saturnino Alfredito, una cría que permanece junto a su madre bajo resguardo municipal.
El concejal Ariel Martínez Bordaisco, impulsor de la iniciativa, destacó la importancia de respetar a los animales y evitar situaciones que puedan ponerlos en riesgo. “Cuando un lobo marino, un elefante marino u otro animal silvestre aparece en nuestras playas, lo que corresponde es respetar su espacio y no intervenir. Cuidarlos también es una forma de cuidar nuestra ciudad”, afirmó.
Ordenanza
La ordenanza establece restricciones para el acercamiento y la persecución de animales silvestres, con el objetivo de evitar intervenciones que alteren su comportamiento natural o pongan en riesgo su integridad. Entre las disposiciones, la norma fija una distancia mínima de 150 metros para sobrevuelos en reservas y zonas específicas, y prevé la posibilidad de otorgar permisos especiales para actividades científicas y educativas.
El hostigamiento mediante animales domésticos también queda comprendido en la prohibición. Los fondos recaudados a través de las multas deberán destinarse a programas de protección animal, prevención y erradicación del maltrato. La normativa no precisa los montos de las sanciones, que quedarán sujetos al régimen contravencional municipal vigente.
Fuente: Agencia DIB
