Un fiscal de menores apeló este miércoles el fallo de la jueza Marta Pascual, que suspendió la nueva Ley Penal Juvenil en la Provincia de Buenos Aires, la normativa que establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 años y el momento previo a cumplir los 18 que sean imputados por delitos.
Un fiscal apeló el fallo de la jueza que suspendió el Régimen Penal Juvenil
Se trata de Hernán Ceruti, titular de la Fiscalía en lo Penal Juvenil de Lomas de Zamora que apeló el fallo que impacta en provincia de Buenos Aires.
Se trata de Hernán Ceruti, titular de la Fiscalía en lo Penal Juvenil de Lomas de Zamora, quien ante el Ministerio Público advirtió que "la decisión ocasiona un gravamen institucional y jurídico de extrema gravedad en tanto, mediante una acción de hábeas corpus, se dispone la suspensión general de una ley nacional regularmente sancionada, promulgada y entrada en vigencia, sin que se haya acreditado la existencia de un acto u omisión concreto, ilegal o arbitrario, que produzca una afectación actual o inminente de la libertad personal de los adolescentes comprendidos en la acción".
En su presentación, Ceruti agregó: "Además entiendo humildemente que la decisión tomada por la Sra. Juez se extralimita, avasallando la labor propia de otro de los poderes del Estado, afectando así esencialmente la división de poderes y la forma Republicana de Gobierno".
Este recurso se suma a la denuncia penal que la ONG Usina de Justicia presentó en las últimas horas contra la misma magistrada por idéntico motivo. La entidad realizó dos presentaciones judiciales ante la decisión que suspendió preventivamente la aplicación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense. La decisión de la jueza no derogó ni anuló la Ley 27.801 que entró en vigencia esta semana, sino que dispuso temporalmente que no sea aplicada.
Además, la ONG solicitó intervenir como amicus curiae en el habeas corpus que dio origen a la medida y, en una actuación separada, formuló una denuncia penal contra Pascual por los presuntos delitos de usurpación funcional y abuso de autoridad. Esa figura le permite a la ONG, que no es parte directa del juicio, acercar al tribunal argumentos, que podrían ser tenidos en cuenta o no al momento de la decisión judicial.
Los detalles del fallo sobre el régimen penal juvenil
El fallo señala que la nueva normativa incorpora al sistema penal a los adolescentes de 14 y 15 años, excluye determinados delitos que hasta ahora no resultaban punibles y establece la aplicación plena de la escala penal prevista en el Código Penal. Para la jueza, estos cambios tendrán un impacto progresivo sobre la cantidad de personas privadas de la libertad, aunque también podrían producir efectos inmediatos debido a las modificaciones en los parámetros para las detenciones y prisiones preventivas.
Uno de los principales argumentos utilizados para disponer la suspensión es que no resulta necesario esperar a que se produzca una vulneración efectiva de derechos fundamentales para que intervenga la Justicia. La magistrada sostuvo que, tratándose de niños y adolescentes, rige un principio precautorio que obliga al Estado a prevenir razonablemente situaciones de vulneración grave.
La resolución pone especial énfasis en la situación actual de los dispositivos de privación de libertad de la Provincia. La jueza recordó que el expediente quedó radicado en su juzgado por su vinculación con otro habeas corpus colectivo referido al Centro Socioeducativo para la Privación de la Libertad Ambulatoria de Lomas de Zamora.
En ese marco, explicó que luego de realizar constataciones en el lugar había dispuesto limitar a 60 adolescentes la cantidad de personas que podían ser alojadas allí, debido a que las condiciones de alojamiento no cumplían con los estándares mínimos.
Uno de los pasajes más contundentes del fallo aparece cuando la magistrada advierte sobre las consecuencias que puede generar un incremento de la población adolescente privada de la libertad sin una infraestructura adecuada. “No respetar las condiciones mínimas de los derechos de los adolescentes detenidos tiene consecuencias futuras no deseadas para la propia sociedad”, sostuvo, y agregó: “Hacinar ‘menores’, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia”.
Fuente: Agencia DIB