Girard sobre el proyecto de Ley Impositiva 2025: “No hay ninguna discrecionalidad para el Ejecutivo”

Definiciones clave del racaudador bonaerense antes de concurrir a la Legislatura a explicar cuánto y cómo quiere que tributen los bonaerenses el año próximo.

ARBA excluyó a otras 3 mil pymes de la obligación de actuar como agentes de recaudación.

Horas antes de concurrir a la Legislatura para explicar los alcances del proyecto de Ley Impositiva 2025, el Director Ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, conversó con DIB sobres el artículo que genera más controversia: la actualización de tributos entre cuotas. También aseguró que la carga sobre los contribuyentes “disminuye o se mantiene”.  Adelantó que este año la recaudación caerá casi 5 puntos “reales” en PBA, pero apuntó a Nación, que hizo según dijo una peor perfomance que la administración bonaerense. Ratificó que Kicillof no plantea por ahora adherir al blanqueo.

¿La carga cómo es la carga impositiva aumenta, disminuye o se mantiene igualen el proyecto de ley impositiva 2025?

La propuesta de Axel (Kicillof) a la a la legislatura incluye una reducción de la carga tributaria general. Sabemos que 2025 va a ser complicado y venimos de un 2024 en el cual el contribuyente sufrió muchísimo por la pérdida del poder adquisitivo producto de la inflación y porque ha crecido la desocupación y están cayendo las ventas en el comercio, del cual depende buena parte de la clase media bonaerense.  

¿Cómo se verifica eso en concreto en el proyecto

En todos los impuestos patrimoniales, estamos proponiendo un tope de 28% plano para todas las valuaciones. Se calcula anualizando el valor de la última cuota del impuesto 2024. En el caso de las patentes es todavía más beneficiosa, porque el tope es de 13,8% para vehículos de hasta 30.800.000 pesos, que son la gran mayoría, y el 19% para el resto de los vehículos. La verdad es que va a bajar la patente en el 90% de los casos respecto de lo que se pagó este año, si se toma en cuenta la bonificación por pago anual.

La oposición aduce que, por como está redactado el proyecto, el Ejecutivo podría ajustar las cuotas a la suba, por encima del tope, durante el año.

No, es un mecanismo de actualización de cuotas, contenido en el artículo 163 del proyecto, que ya rigió el año pasado y que plantea un techo. No hay ninguna discrecionalidad para el Ejecutivo.

¿Ratifica entonces que no pueden aumentar discrecionalmente?

No, mi interpretación es que no. Y si se mira lo que pasó el año pasado, se ve que se ajustó solamente un 20% la cuota 2 del Inmobiliario Urbano Edificado; un 5% en la cuota 3 de Patente e igual un 5%cv en el Inmobiliario Rural. No se tocó más que eso. La inflación entre cuota fue bastante más que eso. Con lo cual no hay ninguna discrecionalidad para aumentos desmedidos en la práctica. Por supuesto si hay cuestiones de redacción que los legisladores le hayan planteado al ministro (de Economía) Pablo López, se podrán revisar. Pero no me parece que dé facultades desmedidas al ejecutivo ni que tampoco las haya usado mal el Ejecutivo.

¿Por qué optaron por este mecanismo?

Me parece una buena herramienta para no terminar discutiendo saltos interanuales grandes y adivinando cuánto va a ser la inflación en un año. Es mejor tener la posibilidad de ajustar entre cuotas y que después la Legislatura discuta cómo graduar la carga y cómo distribuirla entre los contribuyentes, que es la discusión de fondo que hay que dar.

¿Hay una estimación de cuánto se podría incrementar con esta modalidad?

Eso depende de la inflación. En concreto, el aumento nominal va a ser 28% y además se reintroducen los descuentos por pago anual y débito automático, que suman 15%. Con lo cual el incremento va a estar en torno al 13% comparado con la última cuota 2024 anualizada y que va a ser más bajo en Patentes. Es muy beneficioso para los propietarios.

¿En este punto, las entidades de la Mesa de Enlace agropecuaria dicen que el año pasado hubo aumentos superiores a los permitido ¿Ustedes verificaron eso?

Nosotros emitimos los impuestos en línea con los parámetros aprobados en la Ley. En ningún caso se superaron los topes. Sí hubo casos particulares de propietarios que habían tenido una bonificación del 80% por sequía en 2023. Después comparaban con 2024, en el que esa bonificación no estuvo porque no hubo sequía y así calculaban el aumento. Obviamente que el incremento interanual iba a dar distinto, pero el tope estaba bien aplicado. No vimos casos de mala aplicación de la ley.

Cual es la lógica de las bonificaciones que se reintroducen, su quita el año pasado fue motivo de mucha controversia.

El objetivo es afectar la conducta del contribuyente.  Que hagan pago anual, que adhieran al débito automático y que “cuitifiquen” las partidas del Inmobiliario, para nosotros tener la información cierta sobre quiénes son los titulares. En el caso del pago anual y débito tanto para el caso Inmobiliario como Patente será del 15%, lo cual se establece por resolución del ministerio de Hacienda que estaremos dando a conocer en las próximas semanas. El requisito va a ser que estén al día y por eso se anunció con el plan de pagos vigentes, que también tiene veneficios.

Otro incremento que se objeta es el ajuste del adicional de la Tasa Portuaria, que figura en el artículo 158

Es un mecanismo que está incluido en la Ley Impositiva desde 2020. Pero como es un gravamen que está en pesos, lo único que hicimos en el proyecto es ajustarlo por la inflación pasada.

Otro punto que se objeta es el ajuste del adicional de la Tasa Portuaria, que figura en el artículo

158

Es un mecanismo que está incluido en la Ley Impositiva desde 2020. Pero como es un gravamen que está en pesos, lo único que hicimos en el proyecto es ajustarlo como ajustamos todos los montos fijos que quedaron desactualizado por la inflación.

¿Está confirmado que eliminan el anticipo de Ingresos Brutos y que no suben alícuotas’

Sí. No incluye el anticipo ni ningún incremento de alícuotas.

¿Cómo está la recaudación en Provincia?

Está mal. Hace tres meses que estamos viendo caídas de Ingresos Brutos del orden del 15%. Y eso significa que en la Provincia al menos no estamos viendo una recuperación de la actividad, sino más bien un estancamiento en un pozo. Obviamente a medida que pasen los meses esto se va a ir corriendo porque la base de comparación va a ser otra: enero del 2025 va a comparar con enero de 2024, que fue de un frío polar. Pero aun en IIBB, septiembre 2024 contra septiembre 2023 que no era un mes recesivo estamos 15% abajo. Esto pronostica un cierre del año con una caída de recaudación de entre 5 y 6 puntos en términos reales. Pero en dos momentos: en la primera mitad del año no tuvimos caída. ¿Por qué? Porque tomamos medidas: el anticipo de IIBB para grandes empresas, el aumento a los bancos por inversiones en Lelics, que desaparece en mayo. En la segunda mitad, vemos lo que digo, caídas de 15 puntos.


¿Hasta qué punto esa baja complica el financiamiento del Estado, teniendo en cuenta los recortes de partidas nacionales?

Además del recorte de los fondos no automáticos, que no son discrecionales, hubo una caída de los impuestos coparticipables que va a estar a fin de año en torno a los 8 puntos. Contra 5 o 6 de la recaudación nuestra. Caímos menos. ¿Pero qué hizo Nación? Reformó la recaudación de impuestos no coparticipables, básicamente el PAIS. Eso le permitió tener mayor capacidad financiera propia y potenciar la asfixia financiera a las provincias. En el caso de Buenos Aires es muy claro: frenó las transferencias no automáticas y la recesión mermó la coparticipación. Hubiese ocurrido lo mismo con los recursos provinciales, pero tomamos medidas. Por eso vamos a terminar como la jurisdicción subnacional con menor caída.

¿Qué tratamiento van a tener los contribuyentes bonaerenses que entraron al blanqueo por parte de ARBA?

No hay cambio. Provincia sigue trabajando como siempre.


Eso quiere decir que investigaciones en curso sobre fondos que eventualmente no

Por el momento lo que implica no estar adherida es que si tengo una fiscalización abierta sigue su curso. Ni más ni menos que eso.

Pero para el que entró es no tener el beneficio de no pagar por los tributos provinciales

La ley nacional habla de impuestos nacionales. Si la provincia no adhiere no le cambia ningún beneficio de lo que ya estaban planteados. (DIB) AL

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