sábado 07 de marzo de 2026
15 de julio de 2020 - 07:51

Precios máximos: autorizan subas en 12 rubros de productos de consumo masivo

La disposición responde a un incremento en los costos. Los ajustes irán del 2 al 4,5%, se informó.

El Gobierno nacional autorizó aumentos en los productos incluidos en la política de precios máximos, con ajustes que llegarán al 4,5% en las góndolas del país. Las modificaciones afectan a doce rubros de los productos de consumo masivo que se venden en supermercados y cuyos precios de venta al público habían sido retrotraídos a los vigentes el 6 de marzo.

La modificación se publicó este miércoles en el Boletín Oficial​, a través de una resolución de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social. Las categorías que sufrirán subas de precios corresponden a alimentos, productos de higiene personal y limpieza. Los incrementos van del 2 al 4,5%.

Se trata de los siguientes rubros, con sus respectivos porcentajes de variación: lácteos y frescos, un 3 %; harinas, fideos, galletitas y panificados, un 4%; limpieza del hogar, cocina y bazar, un 2,5%; cuidado personal, un 3,5%; bebidas: un 4%; aceites, un 4%; infusiones, un 4,5%; arroz y legumbres, 4%; ; conservas, dulces, endulzantes y encurtidos, 3%; sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks, 2%; alimentos congelados, 2,5%; y alimentos para mascotas, 2%.

Los incrementos fueron autorizados luego de que se analizara la estructura de costos y se verificaran “variaciones sustanciales” en esos rubros. Los nuevos valores rigen desde este miércoles.

La política de precios máximos se estableció a través de la Resolución 100 de la Secretaría de Comercio Interior, el 30 de marzo pasado. En aquel momento, en medio de la incertidumbre por el inicio de la cuarentena, el Gobierno había justificado el tope por las “necesidades sanitarias” ante la pandemia y “aumentos generalizados” de precios que resultan “irrazonables”. Entonces, retrotrajo los precios máximos a los existentes el 6 de marzo.

Los locales afectados son “los establecimientos comerciales mayoristas de venta de productos de consumo masivo”, con venta dentro de sus salones. Están excluidas las micro, medianas y pequeñas empresas.

La medida fue sucesivamente extendida. La última prórroga, hasta el 30 de agosto, se anunció entre las protestas de los proveedores, que reclamaban cambios en los precios. (DIB) FD

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