La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves un dentífrico, un aceite de oliva y productos químicos para piletas que se vendían en el mercado con irregularidades sanitarias, falsificación y falta de registro.
La ANMAT prohibió un dentífrico, un aceite y productos para piletas
Las disposiciones se publicaron en el Boletín Oficial tras detectar productos con falsificación, datos adulterados y sin control sanitario.
Las medidas quedaron oficializadas en el Boletín Oficial, a través de disposiciones firmadas por el titular del organismo de control, Luis Eduardo Fontana, luego de detectar artículos con datos adulterados, sin trazabilidad y en algunos casos presentados como imitaciones de productos originales.
En el caso del dentífrico, el documento oficial de ANMAT que lleva el número 3522/2026 estableció que el producto “Dentífrico en polvo con carbón natural – CARBON WHITE” presentaba “datos falsos referidos a su inscripción sanitaria” y que se trataba de una imitación de un producto original registrado ante el organismo.
Según el texto, tras tareas de control, se verificó que “no resulta posible identificar fehacientemente al establecimiento responsable de su elaboración”, lo que impide determinar en qué condiciones fue fabricado. Además, se indicó que no es posible “brindar garantías” respecto de “la seguridad, calidad y eficacia” del producto, por lo que se dispuso aquella medida restrictiva “en todo el territorio nacional”.
La ANMAT prohibió un aceite de oliva
Por otra parte, mediante la disposición 3521/2026, la ANMAT avanzó sobre un aceite de oliva comercializado como “Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave, marca Green Olive”, denunciado por la empresa titular de la marca.
El organismo determinó que “se trata de un producto falsificado” y que se encontraba “falsamente rotulado al consignar en su rótulo la marca y los registros sanitarios pertenecientes a la firma”, lo que lo convierte en “un producto apócrifo”.
También se advirtió que el producto “carece de registros sanitarios” y que “no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido”, por lo que se resolvió impedir su uso, comercialización y distribución en todo el país.
En paralelo, la disposición 3523/2026 alcanzó a productos domisanitarios utilizados en piletas, incluyendo insecticidas, desinfectantes, alguicidas y clarificadores de la marca “BICH OVER Piscinas”. En este caso, la ANMAT indicó que los artículos “carecerían de registro sanitario correspondiente” y que “no se encuentran inscriptos ante la ANMAT y no se identificaron establecimientos responsables”.
Fuente: Agencia DIB