La Cámara del Trabajo revocó el fallo que suspendía 83 artículos de la reforma laboral, que se aprobó este año en el Congreso, y que había quedado en parte sin efecto por una cautelar dictada por el juez nacional Raúl Ojeda.
La Justicia revocó la cautelar que suspendía la vigencia de 83 artículos de la reforma laboral
Fue tras la apelación del Gobierno, frente a la medida que dictó el juez Raúl Ojeda ante el pedido de la CGT.
La decisión de la Sala VIII del tribunal, integrada por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino, restableció la vigencia de los puntos clave que habían sido frenados anteriormente por un fallo de primera instancia.
Idas y vueltas
El juez Ojeda había hecho lugar al planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspendió la vigencia de una cantidad relevante de artículos de la Ley 27.802, publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo.
La Procuración del Tesoro Nacional y el Ministerio de Capital Humano presentaron tanto un per saltum ante la Corte como el recurso de apelación correspondiente. El recurso fue concedido el 7 de abril “en relación y con efecto devolutivo”, lo que implicaba que la cautelar seguía vigente durante la tramitación de la apelación. Frente a ese encuadre, el Estado se presentó en queja para que se modificara el efecto del recurso y se le otorgara “carácter suspensivo”.
Vigencia
La Cámara VIII hizo lugar a ese planteo y resolvió “modificar la resolución del 7 de abril de 2026 y otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación deducido por el Estado Nacional”.
La consecuencia inmediata es que la cautelar deja de tener efecto mientras se sustancia el trámite ante la Cámara. Así, los artículos de la reforma laboral que habían sido suspendidos recuperan vigencia en esta etapa del proceso.
La medida original argumentaba que la reforma “vulneraba principios constitucionales” como la progresividad laboral y la protección del trabajador.
Fuente: Agencia DIB