miércoles 10 de junio de 2026
10 de junio de 2026 - 18:58

¿En qué consiste el régimen simplificado de Ganancias por qué genera polémica que Adorni se haya adherido?

Está contenido en la ley de Inocencia Fiscal. Puede ser usado para blanquear bienes o ingresos, pero no implica necesariamente que se use para eso. Impide invesigaciones por delitos tributarios.

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, pidió este martes adherirse al mecanismo de Ganancias Simplificado que está contenido en el régimen de “Inocencia Fiscal”, luego de que se abriera una investigación judicial en su contra por presuntas inconsistencias patrimoniales y en medio de la expectativa por la presentación de su declaración jurada de bienes. ¿Pero cuál es el alcance de ese régimen y por qué genera polémica que lo use el funcionario?

La Inocencia Fiscal, una ley -27.999- impulsada en su momento por el entonces diputado José Luis Espert, establece en materia de Ganancias un régimen simplificado por el cual quien adhiere paga el impuesto únicamente sobre lo que facturó ese año, sin importar cuánto aumentaron sus bienes o su consumo personal. No hay obligación de declarar qué activos se regularizan ni de dónde salieron. Esa información queda blindada bajo secreto fiscal.

La ARCA -ex AFIP, el organismo recaudatorio nacional- explica en su web que el régimen simplificado “no es un blanqueo” ni implica una amnistía, sino que se trata de un “cambio de paradigma” por el cual el estado presume que los contribuyentes son inocentes de evasión hasta tanto el propio organismo demuestre lo contrario. De ahí, el nombre de “inocencia fiscal”, que el gobierno distingue con insistencia de “blanqueo”.

Una diferencia esencial entre ambos regímenes es que en los blanqueos los funcionarios tenían vedada la participación, algo que se introdujo desde el momento en que se aprobó un mecanismo de este tipo durante el gobierno de Mauricio Macri, que no impedía que familiares directos de funcionarios ingresasen. En cambio, la “inocencia Fiscal” no tiene limitaciones, por lo que además de Adorni participaron varios funcionarios más.

Los especialistas suelen destacar tres funciones del régimen de Ganancias: 1) justamente que es más simple de presentar la documentación 2) el “tapón fiscal” que impide que ARCA revise incumplimientos de períodos fiscales anteriores al de la adhesión 3) la posibilidad de regularizar bienes no declarados sin que técnicamente el régimen sea de “blanqueo”, lo que evita que se disparen exigencias de organismos como el GAFI.

Bajo ese esquema, alguien puede adherir al régimen de Ganancias Simplificadas sin la necesidad de blanquear bienes. Pero al mismo tiempo, el régimen habilita bancarizar -blanquear, e la práctica- dinero no declarado previamente, para realizar compra, lo que solo generaría reportes en casos de montos muy elevados. Y este punto genera dudas respecto de Adorni, que hasta ahora no explicó el origen de fondos con los que compró propiedades y pagó viajes.

De todos modos, la adhesión al régimen eximie de investigaciones por delitos tributarios, contemplados en la Ley Penal Tributaria, pero no eximie de la responsabilidad penal por otras figuras delictivs. En el caso de Adorni, no lo beneficiaría en la causa por presunto enriquecimiento ilícito, que investigan el fiscal Gerardo Pollicita y el juez Ariel Lijo en los tribunales de Comodoro Py, que sigue su curso son que en principio este régimen la afecte.

El expediente analiza la compra de un departamento en Caballito con una hipoteca de 200.000 dólares sin intereses de dos jubiladas, la adquisición de una casa en el country Golf Club Indio Cuá por US$120.000 con una hipoteca tomada de una policía retirada y su hija —a quienes aún les debería 70.000 dólares—, y el pago de US$245.000 en efectivo y sin facturar a un contratista por las refacciones de esa propiedad.

La historia de Milei como contribuyente

Los registros de ARCA revelan que Adorni tiene actividades económicas registradas desde noviembre de 2013, pero recién se inscribió en el impuesto a las ganancias en enero de 2020. Un intervalo de casi siete años en el que operó bajo múltiples categorías —servicios personales, asesoramiento empresarial, contabilidad— sin tributar por ese régimen. La solicitud actual de cambio al régimen simplificado representa un escalón en ese proceso de ordenamiento tardío.

Según la denuncia impulsada por la diputada Marcela Pagano, el patrimonio del funcionario habría experimentado un incremento del 500% en un único período fiscal, con severas discrepancias entre declaraciones juradas, omisión de activos financieros y depósitos en el exterior.

La adhesión al régimen de inocencia fiscal no equivale a una confesión ni genera por sí misma consecuencias penales. Pero quien se acoge a él reconoce implícitamente que tiene activos o ingresos que no puede justificar.

Fuente: Agencia DIB.

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