El Gobierno nacional reglamentó este miércoles la creación de un régimen para la instalación de tiendas libres de impuestos (conocidas como free shops) en pasos fronterizos terrestres, con el objetivo de impulsar la actividad comercial y turística en las zonas limítrofes del país.
Habilitan la instalación de free shops en los pasos de frontera terrestres
Mediante un decreto, el Gobierno nacional incorporó a la legislación argentina un régimen aprobado por el Mercosur.
La medida fue formalizada mediante el Decreto 438/2026, publicado en el Boletín Oficial. La norma incorpora al ordenamiento jurídico argentino una resolución del Mercosur aprobada en 2018 que estableció un marco común para el funcionamiento de este tipo de comercios en los países miembros del bloque.
Según argumentó el Poder Ejecutivo, la iniciativa busca fortalecer la competitividad de las ciudades de frontera, promover el desarrollo económico regional y fomentar la generación de empleo formal. Brasil, Uruguay y Paraguay ya contaban con regímenes similares y con el decreto publicado este lunes en Boletín Oficial, Argentina se alinea con sus socios regionales en esta materia.
A partir de este régimen, podrán habilitarse locales para la venta minorista de mercaderías nacionales e importadas libres de impuestos destinadas a viajeros que ingresen o egresen de la Argentina por vía terrestre. Las operaciones deberán realizarse sin finalidad comercial y estarán sujetas a las condiciones previstas por el régimen aduanero de equipaje vigente.
Esto implica que las compras realizadas en los free shops quedarán alcanzadas por las mismas franquicias, límites de valor, topes de cantidad y controles que actualmente rigen para los bienes que los viajeros transportan como equipaje al cruzar las fronteras. De esta manera, el Gobierno busca facilitar las operaciones comerciales sin resignar los mecanismos de fiscalización aduanera.
El funcionamiento de estos locales -conocidos también como duty free shops- estará sujeto a una doble autorización. Por un lado, el Ministerio de Economía deberá otorgar la habilitación comercial; y por otro, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de habilitar tanto el recinto como al operador desde el punto de vista aduanero. Las tiendas solo podrán instalarse en pasos fronterizos habilitados donde sea posible ejercer el control aduanero correspondiente.
Exclusiones sobre productos a vender en los free shops
La Casa Rosada sostuvo en los fundamentos de la medida que el comercio competitivo constituye "un motor para el desarrollo económico" y que este esquema permitirá equiparar las condiciones existentes en otros países del Mercosur que ya cuentan con sistemas similares. También señaló que la amplia actividad turística que se desarrolla en las zonas de frontera justifica la adopción de mecanismos que estimulen el comercio local y regional.
El régimen también establece una serie de exclusiones sobre los productos que podrán comercializarse en free shops. Entre las mercaderías que no podrán venderse figuran los medios de transporte y sus partes o repuestos, aceites y combustibles, animales vivos y plantas, armas y municiones, así como maquinaria agrícola, industrial, comercial o de servicios.
Tampoco estarán alcanzados por el régimen los productos de la canasta básica de consumo de las poblaciones fronterizas -incluyendo alimentos de origen animal, vegetal y productos de almacén-, los electrodomésticos de gran porte, materiales para la construcción, materiales eléctricos, hidráulicos y sanitarios, neumáticos, tejidos e hilados y calzado, con excepción de las zapatillas deportivas y las ojotas.
Asimismo, quedan excluidos los productos de tabaco y cigarrillos. El decreto faculta además al Ministerio de Economía a ampliar este listado de restricciones en función de criterios de política comercial o fiscal.
Fuente: Agencia DIB