domingo 29 de marzo de 2026
20 de junio de 2025 - 12:12

Cristina cuestionó las restricciones a su régimen de visitas: “¿Hay un Código Penal exclusivo para mí?”

La expresidenta denunció lo que considera un régimen de visitas “arbitrario y violatorio de derechos civiles” impuesto por el Tribunal que ejecuta su condena de seis años por corrupción.

A pocos días de comenzar su prisión domiciliaria, la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner buscó volver a instalarse en el centro de la escena política tras publicar un mensaje en su cuenta oficial de X, donde denunció -luego de la visita de la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza– lo que considera un régimen de visitas “arbitrario y violatorio de derechos civiles” impuesto por el Tribunal que ejecuta su condena de seis años por corrupción.

Y agregó: “El resto de mis relaciones con el mundo exterior… amigos, amigas, compañeros, compañeras… y otras personas que conozco y me vinculo por el sólo hecho de ser una persona que tiene vida… cada vez que quieran visitarme deberán presentar una solicitud al Tribunal y luego esperar su autorización; en un régimen de exclusión totalmente arbitrario, que no se le aplica a nadie y violatorio de mis más elementales derechos civiles. De mis derechos políticos, mejor ni hablemos… te la debo”.

La condenada en la causa Vialidad se preguntó: “¿Habrá una Constitución y Códigos Penales y Procesales especiales, redactados únicamente para mí y que nunca me enseñaron en la facultad?”.

“Nuestra defendida no hay perdido ningún derecho fuera de su libertad”

El posteo finaliza con un link al escrito que los defensores de CFK presentaron ante el Tribunal.

En el texto, piden que se revoquen las limitaciones para que Cristina pueda recibir visitas, ya que “quienes cumplen su pena en un domicilio particular pueden desarrollar todas las actividades que no se encuentran prohibidas por la ley, tal como se deriva del principio de reserva que consagra el art. 19 de la Constitución Nacional”.

Así, argumentan que “más allá de la pena privativa de la libertad y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, nuestra asistida no ha perdido ninguno de los demás derechos inherentes a su condición humana, tanto civiles como políticos. Cabe advertir que la normativa vigente no faculta a los jueces a imponer reglas de conducta adicionales a las personas que cumplen su pena bajo la modalidad de arresto domiciliario, más allá que el acatamiento estricto y riguroso de la privación de la libertad”.

Por otra parte, consideran que “Cristina Fernández de Kirchner es la principal líder política de la oposición al gobierno nacional y máxima dirigente del Partido Justicialista. En efecto, sin que esta apreciación busque otorgarle privilegios personales a nuestra representada, lo cierto e incuestionable es que en un sistema democrático no puede limitarse el derecho que tiene un dirigente político a mantener contactos directos con personas que desarrollen esta misma actividad, ya sean de su propia fuerza u otra”.

“Es más, ello no se limita a la esfera nacional, pues como es de dominio público, líderes de fuerzas políticas de otros países y sus primeros mandatarios ya han hecho saber su intención de reunirse a la brevedad con nuestra representada. Dicho con todo respeto, no parece sensato que esta clase de encuentros deban estar supeditados a la obtención de autorizaciones judiciales previas”, señalan los letrados. (DIB) MM

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