ARBA adecuó los parámetros para ser Agente de Recaudación

Otras 3 mil pymes dejarán de cumplir con una función que demanda recursos para atender la mayor carga administrativa.

ARBA excluyó a otras 3 mil pymes de la obligación de actuar como agentes de recaudación.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) elevó los montos de facturación para ser agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos. Fue a través de la resolución normativa 2/2024, en respuesta a un pedido solicitado por el Consejo de Ciencias Económicas bonaerense.

En la resolución, se establece que deberán actuar como agentes de retención y/o percepción del gravamen los contribuyentes que hayan obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y/o exentos) superiores a $ 1.250.000.000. Este límite se eleva a $ 1.875.000.000 para los expendedores al público de combustibles líquidos derivados del petróleo.

Asimismo, se dispone que deberán actuar como agentes de percepción del impuesto en determinadas operaciones de venta de cosas muebles, relacionadas, entre otras, con la venta al por mayor de insumos agropecuarios, venta al por mayor por abastecimiento de mercadería para reventa en contratos de franquicia, productos alimenticios, de ferretería y materiales eléctricos, papel y productos de papel, artículos de construcción, máquinas y herramientas, supermercados, los sujetos con ingresos brutos operativos en el año inmediato anterior superiores a $ 625.000.000.

A su vez, también deberán actuar como agentes de percepción, aquellos sujetos que desarrollen actividades relacionadas con la matanza de ganado bovino, operaciones de intermediación de carne -consignatario directo-, operaciones de intermediación de carne excepto consignatario directo, venta al por mayor de carnes rojas y derivados, matarifes.

En la resolución, además, se señala que quienes por aplicación de las modificaciones dispuestas dejen de reunir las condiciones previstas para resultar alcanzados por la obligación de actuar como agente de recaudación, deberán comunicar el cese.

Los nuevos agentes de recaudación deberán inscribirse hasta el 31 de enero, debiendo comenzar a actuar como tales a partir del 1 de marzo.

Pymes beneficiadas

El aumento en un 150% del monto de facturación a partir del cual las empresas tienen la obligación de actuar como agentes de percepción y retención del fisco beneficiará a 3.000 pymes que dejarán de cumplir con una función que demanda recursos para atender la mayor carga administrativa.

En ese sentido, el titular de ARBA, Cristian Girard, detalló: “Desde el comienzo de nuestra gestión actualizamos fuertemente el monto de facturación que obliga a las empresas a actuar como agentes de recaudación”, y señaló que se duplicó el nivel de 2019 en términos reales “en línea con la directiva del gobernador (Axel) Kicillof de reducir la carga al entramado productivo, con especial foco en las pymes”. Además, puntualizó que desde 2020 incrementaron cinco veces el límite de facturación para actuar como agentes de recaudación, y detalló que “la primera vez, antes del comienzo de la pandemia, se elevó un 175%; en 2021 un 36% más; durante 2022 agregamos un 66%; el año pasado, un 100% y ahora este 150% de incremento”.

Las empresas que actúan como agentes de recaudación del impuesto a los Ingresos Brutos tienen la obligación de retener o percibir dinero de los contribuyentes como pago a cuenta de ese tributo, para luego depositarlo a la orden del fisco. Las medidas de administración tributaria aplicadas sobre ingresos brutos permitieron reducir gradualmente el stock de saldos a favor que tenían los contribuyentes, lo que significó una devolución de recursos al sector privado, en particular las micro, pequeñas y medianas empresas, comercios y emprendimientos productivos. (DIB) MC GML

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