Arba instrumentó la bonificación del 25% en el Inmobiliario para hoteles bonaerenses

La iniciativa, que fue impulsada por el gobierno provincial en la Ley Impositiva 2022, forma parte del Programa de Reactivación del Turismo.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires instrumentó, con vigencia al 1° de enero de 2022, una bonificación del 25% sobre el Impuesto Inmobiliario Básico para todos los establecimientos de alojamiento turístico hotelero.

La iniciativa, que fue impulsada por el gobierno provincial en la Ley Impositiva 2022, forma parte del Programa de Reactivación del Turismo, que contempla una serie de medidas de promoción a esta actividad económica.

Para acceder a esta bonificación deberán estar inscriptos ante el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos, contar con habilitación municipal y se otorgará de oficio a las empresas de esta actividad que ya recibieron el beneficio el año pasado, siempre y cuando cumplan con los requisitos actuales.

Según la resolución que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, quienes estén en condiciones de realizar el trámite, podrán solicitarlo de manera digital a través de la aplicación “Sistema Integral de Reclamos y Consultas” (SIRyC), disponible en www.arba.gob.ar mediante su CUIT y Clave CIT. Quedarán excluidos de este beneficio los hoteles alojamiento o similares.

Las empresas interesadas, deberán presentar una declaración jurada online, adjuntar la documentación respaldatoria y la Agencia comprobará la validez de todos los datos antes de aprobar la bonificación.

Cristian Girard, director de ARBA, explicó que “esta medida de acompañamiento, destinada a las empresas y pymes que vieron afectados sus ingresos, se suma a otro conjunto de beneficios impulsados por el gobierno de Axel Kicillof desde el inicio de la pandemia para favorecer la recuperación productiva”.

Cabe destacar que el descuento se aplicará a los titulares del inmueble, o bien un tercero cuando se trate de inmuebles alquilados o cedidos por el contribuyente del Impuesto Inmobiliario para que sean utilizados en servicios de hotelería, hospedaje temporal o camping. En este caso, el beneficio se otorgará una vez que la persona responsable del alquiler acredite que se está haciendo cargo del pago del impuesto.

En el caso que ya se hubiera efectuado el pago de las cuotas previstas sin aplicación de la bonificación, se generará automáticamente un crédito equivalente que se imputará a la cancelación de las cuotas posteriores del mismo impuesto, aun excediendo el ejercicio fiscal 2022. (DIB)

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