El Gobierno nacional completó este jueves la desregulación de las Sociedades de Gestión Colectiva (SGC), reglamentando en particular el funcionamiento de Argentores, la entidad que agrupa a los autores de obras literarias, dramáticas, dramático-musicales, cinematográficas, televisivas, radiofónicas, coreofónicas, pantomímicas, periodísticas y de entretenimiento. Lo hizo a través de los decretos delegados 207/25 y 208/25, firmados por Javier Milei y Martín Cúneo Libarona, entre otros.
El Gobierno anunció cambios en las funciones de Argentores
Al explicar la desregulación de las SGC, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, indicó que desde ahora los autores literarios, dramáticos, cinematográficos, entre otros, “podrán realizar acuerdos bilaterales para determinar el precio de sus derechos de autor con la misma libertad que ya permitimos para el resto de los autores en otras disciplinas”.
Además, aseguró que Argentores, que hasta ahora gestionaba todos los derechos de autor en todas las disciplinas, era un “monopolio”. En tanto, ahora los creadores de las obras podrán negociar con los teatros, las productoras o la editorial.
“La peculiaridad de este caso es que Argentores es la única SGC que tiene un monopolio otorgado por ley (se ve que cuando [Alejandro Agustín] Lanusse dictó esta ley [la 20.115 que data de 1973] las técnicas de control estatal sobre la tarea artística se habían perfeccionado respecto a [Juan Carlos] Onganía)”, insistió Sturzenegger. Y aclaró que la tarifa acordada bilateralmente deberá igualmente cobrarse a través de Argentores.
Qué dicen los decretos
El Decreto 207/2025 establece que desde ahora el Ministerio de Justicia se hará cargo de la fiscalización de Argentores, cuando antes lo hacía el Instituto Nacional de Acción Mutual, ya que sustituye el artículo 2 de la Ley 20.115 por: “En resguardo del patrimonio artístico autoral y de la efectiva vigencia del derecho de autor, el Estado ejercerá fiscalización permanente sobre Argentores a través del Ministerio de Justicia”.
Por otro lado, el Decreto 208/2025 establece en su artículo 1 que: “La percepción de los derechos económicos de autor en favor de Argentores se realizará en función de los acuerdos que los creadores nacionales y extranjeros de las obras allí enumeradas convengan libremente con otros particulares, entes, establecimientos o cualquiera que pretenda explotar sus obras, con el fin de establecer el importe de la retribución o derecho por su utilización”.
“Argentores estará autorizada para convenir con terceros usuarios o utilizadores de las obras que sean objeto de su gestión, por su explotación en el territorio nacional, la forma de recaudación y el importe de las retribuciones referidas así como su adjudicación y distribución entre los creadores que las hayan generado. Asimismo, estará legitimada, en los términos que resulten de su Estatuto, para ejercer los derechos que sean objeto de su gestión y para hacerlos valer en toda clase de procedimientos judiciales y administrativos. Para acreditar dicha legitimación deberá aportar al inicio del proceso copia de su Estatuto”, sostiene el siguiente artículo.
En tanto, de acuerdo al tercer artículo, el pago de los aranceles deberá realizarse en un plazo de dos meses “aplicando principios de reparto equitativo y objetivo, en forma efectivamente proporcional al uso de las obras”. También Argentores “deberá publicar en su página web las reglas a que han de someterse los sistemas de reparto de la recaudación, incluido el porcentaje destinado a gastos de administración, que en ningún caso podrá exceder el 30 % de lo recaudado”.
A fines de febrero también se habían modificado las regulaciones sobre los derechos de autor. Y es que a través del Decreto 138/2025, se determinó que los interesados en cobrar derechos de autor puedan registrarse a partir de una sociedad de gestión colectiva u optar por inscribirse de manera individual, algo que antes no era posible.
La respuesta de Argentores
Frente a ese decreto de febrero, Argentores cargó contra el Gobierno y subrayó la relevancia del manejo conjunto para asegurar los derechos de autor: “Frente a la publicación del decreto 138/2025 del Poder Ejecutivo queremos reafirmar la importancia de la gestión colectiva de derechos llevada adelante a través de las sociedades de gestión. Estas sociedades en la Argentina, y en todo el mundo, son la herramienta y garantía de la defensa de los creadores y sus derechos”.
“La acción mutual llevada adelante por estas entidades, que no reciben un centavo del estado, es fundamental a la hora de que esa defensa se haga efectiva. Poner en peligro esa función social es atacar la subsistencia de los creadores mismos. En el caso particular de Argentores, nacida de las entrañas mismas de los autores como mutual hace 115 años, la comisión administrativa que percibe por realizar el cobro y liquidaciones de derechos de autor, es la que se utiliza para la mutualidad”, enfatizó en esta línea la asociación civil presidida por Miguel Ángel Splendiani.
En tanto, remarcaron el respaldo mutuo de los integrantes de Argentores: “Los autores mismos se ayudan para crear un círculo virtuoso y solidario. Más de mil personas, socios y familiares, dependen de esta tarea social: pensiones, ayudas asistenciales, medicina prepaga, medicamentos, consultorios clínicos y psicológicos, asistencia legal nacional e internacional, fomento al autor y a su actividad”. (DIB)