La Corte definirá el conflicto por las clases presenciales en Buenos Aires

El máximo tribunal aceptó la competencia original y abrió un período de cinco días para que el Gobierno nacional conteste y aporte pruebas.

La Corte Suprema de Justicia se declaró competente para intervenir en la causa por la acción declarativa de inconstitucionalidad interpuesta por el Gobienro de Horacio Rodríguez Larreta contra la decisión del Ejecutivo nacional de suspender por 15 días las clases presenciales en el Área Metropolitana entre las medidas sanitarias para mitigar la expansión de la segunda ola de coronavirus.

“La presente causa es de la competencia originaria de la Corte Suprema de la Nación”, señalaron los cinco jueces que firmaron la resolución, que contó con el voto en disidencia de la ministra Elena Higton de Nolasco.

Tras declarar la competencia del Máximo Tribunal, los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rossatti y Ricardo Lorenzetti resolvieron correr vista del expediente a la Jefatura de Gabinete de la Nación para que, en un plazo de cinco días, conteste y aporte las pruebas que considere pertinentes. Luego, la Procuración General de la Nación tendrá la posibilidad de expedirse sobre el fondo de la cuestión. El viernes, en tiempo récord, se había manifestado a favor de que la Corte tomara el caso en un dictamen firmado por Laura Monti.

Además, la Corte indicó que “la acción entablada se sustanciará por la vía del proceso sumarísimo”, según se establece en el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

La competencia originaria y exclusiva de la Corte Suprema surge del artículo 117 de la Constitución Nacional, que establece que el tribunal entenderá en forma directa -no por apelación- “en todos los asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, y en los que alguna provincia fuese parte”.

Highton de Nolasco y parte de la doctrina entienden que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no puede ser considerada jurídicamente con el mismo estatus que una provincia y por tal motivo no podría accionar en forma directa ante la Corte. Los restantes cuatro integrantes del tribunal tienen una mirada distinta de la cuestión y por eso decidieron intervenir en el conflicto.

De acuerdo a fuentes judiciales, esta definición de la Corte no invalida el fallo de la Cámara porteña que habilitó las clases presenciales, por lo que las clases presenciales seguirán en Buenos Aires, pese a que los gremios anunciaron que tras la jornada de paro acatarán el decreto del presidente Alberto Fernández y no irán a las escuelas. (DIB) FD

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