Contribuyentes de ARBA con saldo a favor ya pueden recibir su reintegro en 72 horas

La Plata, ago 1 (DIB).- Los contribuyentes que tributan
Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires y posean crédito fiscal con
ARBA de hasta $200.000, podrán solicitar su reintegro desde la web del
organismo a partir de este jueves, y una vez iniciado el trámite digital,
recibirán la devolución en 72 horas.

En relación con la medida, anunciada a mediados de julio y
puesta en marcha a partir de hoy, el director de la Agencia de Recaudación,
Gastón Fossati, remarcó en un comunicado que “en los últimos años logramos
simplificar y agilizar la devolución de saldos a favor para brindarles una
rápida respuesta a los contribuyentes”.

También explicó que “la ampliación de límites, sumada a
una flexibilización en las condiciones de acceso, nos permitirá alcanzar a más
del 95% de los contribuyentes con crédito fiscal, quienes ya pueden ingresar a
la web (www.arba.gob.ar) e iniciar el trámite para así recibir su reintegro a
los tres días”.

“Esto fue posible a partir de la implementación de un
sistema de reintegro digitalizado, que aporta eficiencia y transparencia”,
destacó el titular del organismo. “En octubre de 2017 el tope para acceder
al trámite web de devolución era de $10.000. Conseguimos elevarlo de forma
gradual hasta llegar ahora a $200.000”, expresó.

El primer paso es ir al botón “Gestionar”, una vez informada
la CUIT y clave fiscal que da acceso a la aplicación, se debe hacer clic en
“Ingresá la demanda de IIBB”. Todo el procedimiento de devolución está
digitalizado, lo cual agiliza las actuaciones administrativas, según se
informó.

El procedimiento exprés, que funciona en ARBA desde hace
casi dos años, posibilita a las personas físicas y jurídicas tramitar su
compensación a través de la web cuando se genere, circunstancialmente, un
crédito a favor con el organismo, derivado de los regímenes de retención o
percepción.

La iniciativa, que ahora gana una reducción en los plazos de
devolución, beneficia a quienes sean cumplidores, exhiban buen comportamiento
tributario y no estén sujetos a fiscalizaciones vinculadas con el Impuesto
sobre los Ingresos Brutos. (DIB) FD