La Plata, abr 11 (DIB).- El Gobierno de María Eugenia Vidal
salió hoy a clarificar dos leyes electorales para evitar “grises” de cara a los
próximos comicios. Así, reglamentó el tope de las reelecciones indefinidas de
intendentes y legisladores, y despejó las zonas “grises” de la Ley de Paridad
de Género, que en 2017 no se cumplió de manera íntegra en la conformación de
las listas generales tras las PASO, según se publicó en el Boletín Oficial.
El Gobierno provincial salió a regular dos leyes para evitar “grises” electorales
En este último caso, el texto firmado por la mandataria
bonaerense recuerda que la resolución de la Junta Electoral durante las
legislativas de 2017 significó “una implementación parcial de la Ley sin
respetar el mandato de posición que la misma establece, es decir, de
alternancia y secuencialidad de candidatos por género”.
Es que, la normativa se basa en el antecedente de que en las
elecciones de medio término aquel año, aunque la paridad fue respetada en las listas
que participaron de las PASO, surgieron problemas a la hora de integrar las
nóminas en los casos donde la boleta perdedora alcanzaba el piso de votos
necesario para acceder al 25% de la minoría en la lista general de octubre.
“En las elecciones generales, las listas de candidatos/as de
una misma agrupación política que deban ser integradas entre dos o más listas
que hayan participado en las PASO, deberán alternar un candidato de cada género
de manera tal de respetar en la totalidad de la lista definitiva de candidatos
una equivalencia del cincuenta por ciento (50%) de género femenino y otro
cincuenta por ciento (50%) de género masculino. En el caso de listas cuyo
número de candidatos sea impar, la diferencia entre hombres y mujeres no podrá
ser superior a uno”, establece el texto.
Asimismo, advierte que si al conformarse la lista definitiva
de cara a octubre “no se cumpliere con los requisitos de conformación paritaria
establecidos”, la Junta Electoral bonaerense “intimará a la agrupación política
a que la reordene en el término de 48 horas”. Y vencido ese plazo, será la
propia Junta Electoral la que “procederá a ordenar de oficio” la lista.
En otro decreto, la Provincia reglamentó el tope a las
reelecciones indefinidas, normativa a partir de la que intendentes, concejales
y legisladores provinciales no podrán ejercer tres mandatos de manera
consecutiva.
En el texto, se determina que esa limitación “abarca a
quienes habiendo sido reelectos en el mismo cargo para un segundo mandato
consecutivo, hayan asumido sus funciones y ejercido por más de dos años,
continuos o alternados”.
Asimismo, aclara que “el reemplazo de uno o varios titulares
en sus cargos, que ejercidos por concejales suplentes, consejeros escolares
suplentes, diputados provinciales suplentes y senadores provinciales suplentes,
efectuado por más de dos años continuos o alternados, se computará como cargo
ejercido a los efectos de la prohibición de reelección para un tercer mandato
consecutivo” y “se procederá a sumar los tiempos aún en el supuesto de reemplazar
a distintos titulares”. (DIB) MCH