Difunden guía práctica para saber si las multas de tránsito son legales o truchas

La Plata, ene 23 (DIB).- Frente a los excesos de velocidad, infracción
más frecuente durante los meses de verano, la Agencia Nacional de Seguridad
Vial (ANSV), realizó una guía para que los conductores sepan si reciben una
infracción legal o una trampa para abonar una multa que no corresponde.

La ANSV tiene homologados 23 radares ubicados en las
principales rutas nacionales del país y, como parte del Operativo Verano 2018,
está realizando controles con radares móviles sobre diferentes puntos de rutas
nacionales, provinciales y municipales. Los operativos de la Agencia están
anunciados y señalizados cumpliendo la normativa vigente.

Las provincias y municipios que hayan adherido a la Ley
Nacional de Tránsito N° 24.449 y a la Ley Nacional N° 26.363 y quieran utilizar
radares en rutas y/o caminos de jurisdicción nacional para constatar
infracciones, deben obtener previamente la autorización y disposición de la
ANSV, que aprueba su uso en corredores nacionales.

En el marco de los controles realizados durante los meses de
verano, se instalaron radares en la ruta 2 km 155 (Velocidad máxima 120 km /
h); ruta 188 km 154 (Vel. Máx. 110 km / h.); ruta 144 km 725 en San Rafael
(Vel. Máx. 110 km / h.); ruta Provincial 74 km 15 en Pinamar (Vel. Máx. 110 km
/ h.).

Entre algunas de las características que debe tener el
control se destacan que el operativo deberá estar identificado siempre por un
enconado de 500 a 1000 metros previos a la ubicación del radar. Mientras que al
inicio, deberá observarse un cartel móvil que indica la presencia del operativo
de control radar, posterior a éste (entre 100 a 250 mts), deberá encontrarse
otro cartel con la velocidad máxima de fiscalización.

En tanto, próximo al radar, puede o no estar un enconado
para efectuar la detención del vehículo y notificar de la presunta falta
cometida.

Por otra parte, al recibir una multa -labrada por un agente
en el lugar, o por correo en un domicilio particular- se debe controlar que
figuren los siguientes elementos: fecha en que fue cometida la presunta infracción
-día, hora, mes y año-; Ruta y kilómetro donde fue cometida la presunta
infracción; Imagen del vehículo al momento de la infracción, con identificación
del dominio (en caso de utilizarse un radar cinemómetro); Velocidad máxima
permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado, expresada
en Km/h; Firma de la autoridad pública interviniente en la infracción; Datos
del radar/cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción -marca,
modelo o código de aprobación y N° de serie-, incluido el número de disposición
de la ANSV que autoriza su uso; Matrícula habilitante del operador del radar
otorgada por ANSV; Datos del municipio que la realiza; Contacto del Juzgado de
Faltas o Tribunal Administrativo resulte competente.

¿Qué puede hacer el conductor que recibe una infracción que
considera irregular? La ANSV propone revisar cuidadosamente la multa a fin de
verificar que cumpla con todos los ítems nombrados anteriormente. Además de reclamar
ante el juzgado pertinente, enviar un correo electrónico a
consultasradares@seguridadvial.gov.ar, adjuntando copia de la infracción para
consultar su validez. Si el presunto infractor no vive en esta jurisdicción,
puede hacer el descargo por mail adjuntando la documentación o solicitando que
se haga una prórroga de jurisdicción. También puede solicitar asistencia a la
Mesa de Ayuda de la ANSV.

Finalmente, si el conductor detecta que el control no está
debidamente señalizado, debe fotografiar la disposición del enconado, carteles
y radar; solicitar el nombre y apellido del operador, matrícula habilitante y
jurisdicción o ente al que pertenece e informar a la Agencia al mail consultasradares@seguridadvial.gov.ar.
(DIB) FD