Agentes federales tendrán mayor libertad para disparar sus armas de fuego

La Plata, dic 3 (DIB).- El Gobierno nacional publicó hoy el
Reglamento General para el Empleo de Armas de Fuego y, según el mismo, los
agentes de las fuerzas federales de seguridad podrán en algunos casos usar
armas letales sin necesidad de dar la voz en alto y sin agresión directa
previa.

La resolución 956/2018 firmada recientemente por la ministra
de Seguridad, Patricia Bullrich, ya genera cierta polémica. Es que la misma
otorga a los efectivos mayor libertad a la hora de disparar con sus armas de
fuego.

La norma establece que los agentes podrán usar armas letales
“defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o
de lesiones graves”, o para “impedir la comisión de un delito particularmente
grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de
las personas”.

Asimismo, considera válido el uso de este método “para
proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga
resistencia a la autoridad” o “para impedir la fuga de quien represente ese
peligro inminente, y hasta lograr su detención”.

Como “peligro inminente” la norma entiende cuando “se actúe
bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas”
o si el presunto delincuente poseyera un “arma letal, aunque luego de los
hechos se comprobase que se trataba” de un objeto similar. También cuando se
efectuasen “movimientos que indiquen la inminente utilización de un arma”.

La resolución establece que los agentes “deberán
identificarse como tales, intimando de viva voz a cesar la actividad ilícita”
para el uso de armas, salvo en “situaciones donde dicha acción pueda suponer un
riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas” o “cuando se pusiera
indebidamente en peligro sus propias vidas o su integridad física”. (DIB)
MT