Monotributo: rige la obligación de emitir factura electrónica para categoría E

La Plata, oct 1 (DIB/RECORDATORIO).- A partir de este lunes,
y de acuerdo a un cronograma prefijado por la Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP), los monotributistas que están ubicados en la
categoría E deberán emitir sus facturas mediante el sistema electrónico.

Son alrededor de 267.000 contribuyentes, quienes tienen
ingresos anuales de entre $322.575 y $430.101. Por lo que a partir de hoy, la
factura en papel para éste grupo sólo quedará autorizada para ser usada como
mecanismo de resguardo para los casos en que por fallas técnicas no pueda
utilizarse el que funciona online.

Con la incorporación de la categoría E a este régimen de
facturación, comienza a aplicarse un cronograma que llegará a su fin en abril
de 2019: para entonces, la totalidad de los monotributistas deberá estar
emitiendo sus comprobantes en forma electrónica, incluso por las operaciones
que realicen con consumidores finales.

Esta medida también alcanza a los contribuyentes que se
encuentran exentos en el Impuesto al Valor Agregado y a los que emiten sus
comprobantes en el domicilio de los clientes, que deberán usar el facturador
online.

Al día de hoy ya están alcanzados por esta obligación
quienes se ubican en las categorías de más alta facturación: de la F a la K, en
las que se encuentran algo más de 400.000 contribuyentes, un 11% del total de
los anotados en este sistema.

El calendario fue dispuesto por la AFIP mediante la
resolución 4290, de principios de agosto pasado. Esa norma establece que
quienes quedan obligados podrán optar entre dos modalidades de emisión de
comprobantes: el controlador fiscal (que requiere equipamiento) o la
facturación electrónica que puede realizarse por Internet.

La facturación online es un mecanismo por el cual los
comprobantes que respaldan una operación comercial o de prestación de servicios
se emiten desde la página web del organismo recaudador. Para habilitar la
opción, si aún no se le tiene, el monotributista debe ingresar en
www.afip.gob.ar con su clave fiscal. (DIB) FD