El Gobierno de Javier Milei homologó este jueves una suba en dos tramos para los trabajadores permanentes y no permanentes de la Administración Pública Nacional, muy por debajo de los últimos datos de la inflación.
En concreto, se trata de una suba total de 3% dividido entre septiembre (2 puntos) y octubre (1 punto), lo que lo dejaría por debajo del último dato inflacionario del mes de agosto, que fue del 4,2%.
El aumento otorgado para los estatales fue aceptado por UPCN, el gremio mayoritario y que siempre se muestra más cercano a los gobiernos de turno, mientras que fue rechazado por ATE, que lidera Rodolfo Aguiar y quien llamó a estar “en asamblea permanente”.
La suba salarial forma parte de la discusión que comenzó en junio de este año. En julio y agosto, la suba había sido del 6,6%, también en dos pagos: 3,5% para julio y 3% para agosto. Pese a los incrementos, en lo que va de la gestión libertaria, la pérdida del poder adquisitivo en el sector público ronda el 30%.
La medida que se homologó hoy se encuentra en el Decreto 837/2024 y lleva la firma de Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
Allí se dispone en su artículo 1°, que se homologue el Acta Acuerdo firmada el 30 de agosto de 2024 y sus Anexos I a XLI de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, en donde se establecen los incrementos salariales de las retribuciones de todo el personal estatal.
Según se desprende del anexo que acompaña la medida, en la cláusula primera del mencionado acuerdo, se otorga un incremento salarial de 2% a partir del 1° de septiembre de 2024 en las retribuciones del personal permanente y no permanente incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo General homologado por Decreto N° 214/06, sobre las retribuciones mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes aprobadas vigentes al 31/08/24. Un incremento de 1% se hará efectivo a partir del 1° de octubre bajo las mismas condiciones.
Asimismo, en el artículo tercero del decreto, se dispone: “La retribución bruta mensual, normal, habitual, regular y permanente de los agentes habilitados para realizar servicios extraordinarios, con excepción de los servicios requeridos por terceros, no deberá superar el monto de $633.488 a partir del 1° de septiembre de 2024 y de $639.823 a partir del 1° de octubre de 2024″. (DIB)