El ministro de Economía, Luis Caputo, destacó la decisión del intendente de San Isidro, Ramón Lanús, de eliminar la tasa vial, a través de cual el municipio tributaba $6 por litro de combustible.
Caputo ponderó la medida de Lanús a través de un mensaje en su cuenta de X (Twitter) junto a una foto con el mandatario municipal del PRO. “Mientras algunos intendentes se quejan sin razón, otros gestionan”, apuntó.
Me reuní con @RamonLanus, Intendente de San Isidro. Decidió eliminar la tasa vial de 6 pesos por litro de combustible en su municipio. Mientras algunos intendentes se quejan sin razón, otros gestionan.👏👏 pic.twitter.com/5ZQYTWXuKR
— totocaputo (@LuisCaputoAR) September 12, 2024
El mensaje no es nocente, y linkea con la medida anunciada el miércoles por el Gobierno nacional, que prohíbe el cobro de tasas municipales en servicios públicos.
La resolución nacional 267/2024 publicada el miércoles en el Boletín Oficial restringe la posibilidad de aplicar recargos en las liquidaciones que envían las empresas de servicio a sus clientes. Y el objetivo, según dijo el propio ministro Caputo, es que “las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor”.
De esta manera quedan afuera conceptos como pueden ser la tasa de alumbrado público, de seguridad e higiene o alguna relacionada con los bomberos que aparecen en las boletas, o la de combustible, y sirven para inversiones locales.
La medida fue anunciada el martes por Caputo también a través de su cuenta de X, donde expresó: “Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”.
El ministro acompañó el texto con una factura de electricidad marcada con resaltador, como ejemplo de qué ítems no podrán facturarse más comparte del servicio. El anuncio llegó un día después de que varios medios replicaran una ofensiva de la Cámara de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas, que se sumó a quejas de supermercadistas, sobre el porcentaje de impuestos que pagan los consumidores en productos de primera necesidad.
No obstante, el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (Oceba) aclaró ahora que la resolución 267 no puede primar sobre la Ley provincial 11.769, que regula la inclusión de conceptos ajenos en las facturas. Es decir, Nación podría regular aspectos reglamentarios a las empresas que tienen concesión nacional como Edenor y Edesur. Y ahí sí impactaría en la caja de los intendentes del conurbano. Pero no sobre el interior, donde quien tiene injerencia es la Provincia. (DIB) ACR