Monotributo: los cambios que aprobó el Senado y qué pasa con el monotributo social

Se rechazó la continuidad del esquema de beneficios con el que contaban sectores de la economía popular.

Novedades para el Monotributo.

Los cambios en el Monotributo obtuvieron en el Senado 37 votos afirmativos y 35 negativos, por lo que cuando la ley sea promulgada, habrá alzas de hasta 300% en los topes de facturación anual, cuotas mensuales a pagar y otros parámetros del régimen. Pero también la Cámara alta rechazó un artículo clave que favorece a los beneficiarios del monotributo social, algo que iba a afectar a las personas de bajos recursos.

El Senado rechazó ese artículo clave dentro del capítulo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, que implicaba la eliminación del monotributo social y hubiese afectado en concreto a 600.000 inscriptos cuya cuota hubiese aumentado casi 700%. Desde Monotributistas Asociados República Argentina (M.A.R.A), la contadora Noelia Villafañe, celebró la decisión.

Se trata del artículo 100 que derogaba el monotributo social, un régimen que permite a sectores de la economía popular facturar por sus actividades comerciales, con una cuota mensual reducida. A pesar del rechazo en el recinto, el oficialismo podría insistir con la derogación del régimen cuando el paquete fiscal junto a la ley Bases vuelva a tratarse en Diputados.

El fin del monotributo social afectaba a más de 620.000 trabajadores autónomos, de la llamada economía social. Según los cambios que establece uno de los artículos del capítulo del monotributo y que fue rechazado por la Cámara alta, los titulares de este régimen iban a pasar directamente a la categoría A, por lo que pasarían a abonar una cuota mensual de $26.600, 700% más que en la actualidad.

La iniciativa general, en tanto, establece que el Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes tenga desde el período fiscal 2025 una actualización de parámetros (máximos de facturación, alquileres, cuota a pagar) semestral que se regirá por la inflación. Para este año, en tanto, faculta al Ejecutivo a incrementar esos montos.

Por la reforma, la categoría A pasará de facturar poco más de $2.100.000 a $6.450.000, mientras la categoría K llegará a $68 millones. Además, habilita a los que prestan servicios a mantenerse dentro del Monotributo hasta el monto de la categoría K, aunque con una cuota mucho más alta de los que venden productos. Por otro lado, establece que el precio máximo unitario de venta de productos no podrá superar los $385.000 (casi el doble que ahora).

La tabla de topes de facturación anual completa, que aprobó el Senado, queda de la siguiente manera:

Categoría A: de $2.108.288,01 a $6.450.000 (alza de 206%);

Categoría B: de $3.133.941,63 a $9,45 millones (+202%);

Categoría C: $4.387.518,23 a $13,25 millones (+208%);

Categoría D: de $5.449.094,55 a $16,45 millones (+202%);

Categoría E: de $6.416.528,72 a $19,35 millones (+202%);

Categoría F: subiría de $8.020.660,9 a $24,25 millones (+203%);

Categoría G: de $9.624.793,05 a $29 millones (+202%);

Categoría H: de $11.916.410,45 a $44 millones (+270%);

Categoría I: de $13.337.213,22 a $49,25 millones (+269%);

Categoría J: de $15.285.088,04 a $56,4 millones (+269%);

Categoría K: de $16.957.968,71 a $68 millones (+301%).

El texto, además, establece los nuevos montos del impuesto integrado y a la seguridad social por jubilaciones y el aporte a la obra social de cada monotributista, por lo que las cuotas mensuales tendrán aumentos incluso mayores que las de las categorías de facturación. (DIB)

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