El juez federal Andrés Heim dio lugar a una medida cautelar que fija una zona de exclusión de 300 metros de zonas urbanas para la aplicación de agroquímicos en el distrito de Pehuajó, decisión que regirá durante 90 días a la espera de que el Concejo Deliberante sancione una ordenanza para regular la aplicación.
La medida había sido requerida por la fiscal federal María Cecilia Mc Intosh. La misma contempla una zona de exclusión para fumigar de manera terrestre (la aérea está prohibida) en los 300 metros más próximos a las urbanizaciones y otros 300 metros de amortiguación, en los que estará habilitado usar productos con grados de toxicidad baja (identificados con banda azul o verde) y de baja volatilidad.
Según detalló el sitio oficial fiscales.gob.ar, la decisión fue tomada en el marco de una investigación que lleva adelante el Ministerio Público Fiscal por el delito de envenenamiento de agua potable, alimentos o medicinas de un modo peligroso para la salud, previsto en el artículo 200 del Código Penal y en los artículos 55 y 56 de la ley 24.051, de Residuos Peligrosos.
Antes de dictar la medida cautelar, el juez Heim convocó a una audiencia pública de la que participaron las víctimas, las personas que explotan el predio fumigado, los representantes de los ministerios públicos, representantes del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), de la Municipalidad de Pehuajó, del Concejo Deliberante, del área de salud, activistas ambientales, propietarios rurales y otros miembros de la comunidad.
En la investigación penal, la fiscal Mc Intosh había solicitado la inmediata suspensión provisional de las aplicaciones de fumigaciones con plaguicidas, herbicidas, insecticidas y cualquier otro paquete de agroquímicos, sea mediante fumigaciones terrestres o aéreas, respecto de un campo de aproximadamente 25 hectáreas, situado en la localidad de Francisco Madero.
El caso se inició como consecuencia de una denuncia formulada por el padre de una niña que vive frente al predio rural. En el caso se constató que una fumigación repercutió en forma directa en la salud de al menos cuatro personas (entre ellas, dos niños), quienes a las pocas horas de ser alcanzadas por las sustancias se sintieron afectadas a nivel respiratorio y necesitaron la intervención de personal de salud de la Unidad Sanitaria local y del Hospital de Pehuajó.
El pedido de la fiscalía para la suspensión de las fumigaciones se fundó en la defensa del derecho a la salud y al medio ambiente sano, tutelado en el artículo 41 de la Constitución Nacional, y en el derecho a la vida, previsto en los artículos 33, 42 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, los artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y el artículo 4 de la Convención Americana de Derechos Humanos; y en los principios de precaución y prevención, establecidos en el artículo 4 de la Ley 25.675, general del Ambiente.
La fiscalía luego amplió los fundamentos expuestos en la petición cautelar y aportó los antecedentes del caso del distrito de Pergamino que tramita ante el Juzgado Federal de San Nicolás, con intervención del fiscal federal Matías Di Lello. (DIB) MT