Una mujer argentina de 43 años fue detenida en la ciudad española de Palma como presunta autora del delito proxenetismo y de regentear un prostíbulo donde diez mujeres ejercían la prostitución en condiciones de explotación.
La Policía llevó a cabo dos inspecciones en una vivienda-prostíbulo ubicada en la barriada de Pere Garau de Palma, antes llamada Palma de Mallorca. En el lugar detectaron la presencia de una decena de mujeres mayores de edad que, si bien ejercían la prostitución de manera voluntaria, lo hacían en condiciones gravosas y muy lejos de ser reconocidas, valoradas e incentivadas como trabajadoras, a pesar de generar importantes beneficios para la “madame”, agregaron las fuentes.
Según explicó la Policía, la “madame” se quedaba con hasta un 50% de cada uno de los servicios sexuales prestado en algunos casos o les cobraba un alquiler abusivo por permitirles pernoctar en la vivienda, hacinadas en habitaciones compartidas con camas tipo literas donde se instalaban hasta cuatro mujeres.
Asimismo, en el salón de la vivienda-prostíbulo se había instalado una barra tipo bar donde se servían “copas” a los clientes que lo demandasen e incluso podían invitar a las mujeres quienes compartían los beneficios al 50%.
Tras comprobarse en las dos inspecciones, se certificó que la vivienda-prostíbulo había sido reconvertida en un local clandestino con servicio de bar, además de los intercambios sexuales propios de los prostíbulos y abierto al público las 24 horas.
La Policía realizó luego una tercera inspección en colaboración con la Inspección de trabajo y Seguridad Social, en la que se levantaron las actas correspondientes y se procedió a la detención de la supuesta responsable del negocio como presunta autora de delitos relativos a la prostitución y contra los derechos de los trabajadores.
La prostitución en España no está regulada por una ley concreta, pero existen algunas actividades relacionadas como el proxenetismo que son ilegales, si bien la prostitución en sí no es ilegal. Además existen leyes que protegen a los menores de este tipo de actividades o las personas con discapacidad mental
El único artículo en el Código que trata específicamente la prostitución de adultos es el artículo 187, el cual prohíbe expresamente el proxenetismo:
“El que determine, empleando violencia, intimidación o engaño bufete, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, una persona mayor de edad a ejercer la prostitución o a mantenerse en ella, será castigado con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de 12 a 24 meses. En la misma pena incurrirá el que se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma”.
Poseer un establecimiento donde se ejerce la prostitución es en sí legal, pero el dueño no puede obtener beneficio económico de la prostituta o contratar una persona para vender sexo porque la prostitución no es considerada un trabajo y no tiene un reconocimiento legal.
(DIB) ACR