Condenan a 18 años de prisión a un policía que mató a un adolescente por la espalda

Hasta que la sentencia quede firme estará arrestado en su domicilio. Otros dos agentes fueron penados por encubrimiento.

El policía bonaerense Cristian Alejos fue condenado a 18 años de prisión por haber asesinado a un adolescente de 14 años por la espalda y cumplirá la condena con arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme, mientras que otros dos agentes fueron penados por encubrimiento.

La decisión fue tomada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2 de Quilmes, integrado por los jueces Félix Gustavo Roumieu, María Cecilia Maffei y Rodrigo Gabriel Bagini.

Alejos integraba la Unidad Táctica de Operaciones Especiales (UTOI) y en la noche del 29 de julio de 2017 le disparó por la espalda en Quilmes a Matías Banuera (14), quien transitaba junto a un amigo de 13 años que no fue alcanzado por los disparos.      

Desde la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) advirtieron que la condena fue por el delito de homicidio simple y no contempló “los agravantes que había solicitado en sus alegatos” ese organismo. Recordó que la víctima fatal y su amigo “eran niños y no iban armados”.

La CPM también señaló que “a pesar de la condena, y en una nueva muestra del tratamiento diferencial que se brinda a las fuerzas de seguridad, no será de cumplimiento efectivo sino con arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme”. En tanto, detalló que Maffei votó en la pena a favor del cumplimiento efectivo

La Justicia quilmeña condenó además a los efectivos Maximiliano Aguirre y Lucas Bullosa a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de encubrimiento, por no haber dado aviso a un servicio de emergencias ni haber formulado la denuncia del asesinato.  

“De haber considerado la pertenencia a la fuerza de seguridad, conforme fuera solicitado por la CPM, les hubiera correspondido una pena superior, de hasta 6 años por el agravante del tipo penal. Los jueces desestimaron su carácter de funcionarios públicos y la obligación de denunciar los hechos”, señaló el Comité.

“La sentencia vuelve a reflejar la diferencia de criterios con que la justicia penal evalúa las acciones de los jóvenes pobres –principal grupo social que se hacinan en las cárceles bonaerenses-, quienes por delitos de menor gravedad y condenas incluso pequeñas de uno o dos años, cumplen prisión efectiva sin acceder a un arresto domiciliario, incluso padeciendo enfermedades graves; y las de los funcionarios públicos que integran las fuerzas de seguridad, que son juzgados por graves violaciones de derechos humanos y acceden fácilmente a una morigeración”, agrega el escrito de la CPM. (DIB) MT

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