Sin el apoyo de CABA, el Ministerio de Salud respaldó la ley de salud mental

Con el consenso de 23 provincias y de la gestión nacional, el ministerio de Salud publicó un comunicado aclarando cuestiones referidas a la ley 26.647.

Marina Charpentier participó de un debate sobre los alcances de la Ley de Salud Mental y Adicciones en el Senado de la Nación.

El Consejo Federal de Salud Mental (Cofesama) consideró a través de un comunicado firmado por las 23 provincias y sin el aval de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que resulta “indispensable expresarse de manera conjunta y en unidad a favor de la plena implementación de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 a lo largo y a lo ancho de nuestro país”.

Las Direcciones de Salud Mental de las jurisdicciones, junto a la Dirección Nacional de Salud Mental, se pronunciaron sobre los alcances de la ley, debido al debate público que se generó tras la realización de unas jornadas en el Senado de la Nación. De ese evento participó Marina Charpentier, madre del cantante Santiago “Chano” Moreno Charpentier, quien criticó algunos lineamientos de la normativa, referidos a las internaciones.

De igual modo, la panelista Tamara Pettinato, también había cuestionado en los medios de comunicación la legislación luego del episodio que sufrió su hermano Felipe en su departamento, en el que murió una persona.

“Destacamos que nuestra normativa garantiza y promueve el desarrollo de prácticas sanitarias e intersectoriales velando por los derechos humanos de las personas usuarias del sistema de salud y sus trabajadores”, expresaron los especialistas del Cofesama.

“Ante el desconocimiento existente expresado públicamente acerca de la internación como una herramienta terapéutica que debe determinar el ámbito sanitario, a través de sus equipos interdisciplinarios, con el debido control de legalidad por parte de jueces y juezas y el Órgano de Revisión competente  sigue siendo necesario recordar que en el Capítulo VII referido a las internaciones, Artículo 20.- se detallan las particularidades y garantías jurídicas que proceden ante la necesidad de una internación involuntaria”, apuntó el texto, y agregó: “Además está establecido en el art. 41 y 42 del Código Civil y Comercial respecto de las internaciones urgentes por parte de la autoridad pública, lo que desmiente que la imposibilidad de internar sea un ‘problema de la ley’”.

El comunicado añadió que “esta acción terapéutica acontece a diario en todas las instituciones de salud del país, reconociéndose a partir de los datos estadísticos que las mismas se van garantizando cada vez más en hospitales generales con servicios y equipos de salud mental (tal lo recomienda la normativa)”.

Desde el Cofesama reconocieron que “solamente con la ley no alcanza”, sino que son necesarias “las decisiones de gestión sanitaria y la inversión estratégica acorde, que se podrá reemplazar el paradigma manicomial de encierro por los dispositivos sustitutivos que garanticen el cambio de paradigma dispuesto por la ley de cara a un abordaje eficaz de las personas que sufren padecimientos en su salud mental”.

Asimismo, enumeraron los avances más destacables realizados hasta el momento. “Reconociendo todo lo que nos queda por concretar, también visibilizamos el camino de hechos recorridos”, remarcaron.

•          Se ha favorecido la práctica interdisciplinaria, mejorando el terreno de pertinencias e incumbencias en el accionar de los equipos (Salud/Justicia).

•          Se han reemplazado camas de internación en los hospitales monovalentes por camas de internación en hospitales generales, cumpliendo con el objetivo de abordar los padecimientos de salud mental en perspectiva de salud integral y comunitaria.

•          Se incorporaron equipos interdisciplinarios para el abordaje de urgencias en las guardias de hospitales generales.

•          Se han sancionado normativas que habilitan dispositivos terapéuticos adecuados a los nuevos paradigmas.

•          Se continúan desplegando estrategias en cumplimiento del Artículo 4°— “Las adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental”.

•          Se ha incentivado y respaldado, tanto desde la Dirección Nacional como en las direcciones de las distintas jurisdicciones, la creación de dispositivos sustitutivos a la internación, como es el caso de los hospitales de día y casas asistidas con diferentes niveles de apoyo según las características de los usuarios.

•          Se promueve la voz de las personas usuarias del sistema de salud mental, garantizando la escucha y acompañamiento a las familias y referentes afectivos.

•          Se realizó el primer censo que caracterizó a la población de personas usuarias de los servicios de internación por causa de salud mental

•          Se han creado las instituciones que favorecen el cumplimiento de la norma y habilitan las voces de todos y todas para hacer de los espacios de cuidado de salud mental, más y mejores espacios, solo para destacar algunas: Órganos de Revisión Nacional y Provinciales. Comisión interministerial de Salud Mental. Unidades de Letrados. Consejo Consultivo Honorario de Salud Mental y Unidades de gestión sanitaria que se suman a las direcciones nacional y provinciales de salud mental. (DIB) ACR