Ratifican a los camaristas de la causa por espionaje a familiares del ARA San Juan

Bruglia, Bertuzzi y Llorens habían sido recusados por la querella que representa a los familiares supuestamente espiados, a cargo de la abogada Valeria Carreras.

La Cámara Federal porteña confirmó a los jueces Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi para continuar interviniendo en el expediente por presunto espionaje ilegal durante el gobierno de Cambiemos contra familiares de víctimas del ARA San Juan.

Los tres camaristas habían sido recusados por la abogada de la querella mayoritaria de familiares supuestamente espiados, Valeria Carreras, invocando temor de parcialidad y prejuzgamiento.

Carreras había invocado como causales de recusación el “interés propio o de parientes en el resultado del proceso, amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna parte y recepción de beneficios proveniente de algún interesado en el resultado del pleito”.

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En ese sentido, recordó que Llorens se excusó de intervenir como conjuez de la Corte Suprema en la causa madre del presunto espionaje ilegal, que junto con Bertuzzi abonó la teoría del “cuentapropismo” en el espionaje y además objetó la forma en que permanecen en la Cámara, pese a un fallo de la Corte que descalificó el traslado por decreto junto con Bruglia.

“Las opiniones emitidas por los jueces en la oportunidad legal correspondiente, dentro de las facultades revisoras del Tribunal y en relación directa con los temas concretos sometidos a su decisión, no constituyen causales de apartamiento de los magistrados”, respondió el camarista Martín Irurzun, en un fallo unipersonal, al rechazar la recusación.

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“Los criterios que pudieron exponer los jueces (sea al revisar procesamientos o cuando uno de ellos se excusó de intervenir como subrogante en la Corte Suprema) en una causa distinta a ésta, con discusiones y contextos propios, no son razones que normativamente justifiquen su apartamiento”, añadió.

El fallo descartó la denunciada “pérdida de neutralidad” de los camaristas recusados. “Los argumentos del planteo (y los demás que tangencialmente menciona) no configuran motivos que lleven al apartamiento de los jueces que fueron sorteados para intervenir”, resumió la resolución. (DIB)

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