Ordenan liberar al sindicalista “Pata” Medina, aunque por ahora seguirá detenido

El ex titular de la Uocra platense se encuentra procesado por una causa que investiga presunto lavado de dinero. Se espera que apelen la decisión

Tras cumplir casi cuatro años de prisión preventiva en una causa por presunto lavado de dinero proveniente de un ilícito, la justicia federal resolvió este lunes la liberación del sindicalista y ex titular de la Uocra platense, Juan Pablo “Pata” Medina, en una medida que todavía no está firma y sería apelada en los próximos días.

Medina fue excarcelado por decisión del Tribunal Oral Criminal Federal (TOCF) 2 de La Plata, pero la medida no está firme ya que resta que se expida la fiscal de juicio. Si la representante del Ministerio Público no acompaña el criterio del juez Alejandro Esmoris el pleito debe ser resuelto en instancia judiciales superiores.

Según se informó, la fiscalía tiene ahora diez días para apelar la medida. De hacerlo, será Casación quien deba resolver la situación de Medina, que se encuentra con prisión domiciliaria en el marco de una causa que investiga presuntos delitos calificados como “Lavado de Dinero proveniente de un ilícito precedente, Agravado por haberse realizado como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza en concurso real con Intermediación Financiera”. Caso contrario, se hará efectiva su liberación.

César Albarracín, el abogado de Medina, había presentado un escrito ante el Tribunal para pedir el final de la detención. Es que el próximo 2 de abril finalizaba el plazo máximo de las posibles prórrogas de la prisión preventiva. Según la defensa del sindicalista, “no subsisten riesgos procesales que justifiquen la continuidad del encarcelamiento”.

“Mi defendido lleva cuatro años de encarcelamiento preventivo. No tuvo juicio ni hay fecha dispuesta para ello”, dijo Albarracín y planteó que Medina habría sido el objeto perseguido por la denominada mesa judicial bonaerense, que se propuso encarcelarlo y “correrlo de la actividad sindical como parte de un delirio autoritario”.

Pese a la decisión judicial, Medina no podrá de salir del país y tiene prohibido realizar actividades gremiales. Además, no podrá ausentarse de su domicilio por más de 24 horas sin autorización del tribunal, deberá presentarse mensualmente “en la comisaría más cercana con jurisdicción en su domicilio” y tiene prohibido “tomar contacto, por cualquier medio, con las víctimas y/o acercarse a sus domicilios laborales o particulares”. (DIB) FD

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