La Justicia Federal decretó la “prohibición cautelar” de la vuelta del servicio de trenes del ramal Constitución-Bahía Blanca tras el descarrilamiento del pasado 8 de marzo y dispuso una serie de condiciones que deberán cumplirse para el restablecimiento.
Así lo comunicó el Juzgado Federal N° 1 de Azul a través de un parte difundido a la prensa, en el marco de la causa caratulada como “descarrilamiento, naufragio u otro accidente culposo”.
La decisión advierte que antes de que se restablezca el servicio “las Empresas Trenes Argentinos, Ferro Pampeana SAC y Sofse Roca en forma conjunta y/o separada -dentro de sus respectivas competencias o ámbitos concesionados-, deberán elevar al Juzgado un informe técnico con el relevamiento e inspección del ramal completo, que detalle el estado de las vías, terreno y fundamentalmente especifique si el mismo garantiza la seguridad de los pasajeros y del personal ferroviario dentro de los estándares técnicos aplicables”. Asimismo, la Justicia señaló que “el informe deberá fundarse en relevamientos y estudios que garanticen su actualidad”.
Además, las mismas empresas “deberán informar al Juzgado cuáles son las medidas de seguridad que se adoptarán para garantizar la seguridad de los pasajeros y personal ferroviario y remitir el plan de implementación con detalle de metas y en su caso de plazos”.
El descarrilamiento se produjo el pasado 8 de marzo a eso de las 5.30 de la mañana a la altura de la ciudad de Olavarría. El tren había partido de Buenos Aires y la formación viajaban unas 479 personas, de las cuales 22 resultaron con heridas leves. En un principio Trenes Argentinos había anunciado que el servicio estaría cancelado hasta el 17 de marzo inclusive. (DIB) MT