La Corte repuso transitoriamente a Castelli y ordenó definir a instancia inferior

Queda en el TOF 7, al que fue enviado por decreto, pero sólo hasta que se decida sobre la cuestión de fondo. Ese fallo deberá ser dictado por tribunales inferiores.

La mayoría de la Corte Suprema de Justicia evitó definir hoy el caso del traslado del juez Germán Castelli, que fue sorteado para juzgar a Cristina Kirchner en el caso de los cuadernos, pero lo repuso en ese tribunal y ordenó que los juzgados inferiores sean los que decidan la cuestión de fondo sobre su situación siguiendo lo resuelto en el caso de sus colegas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.

De este modo, todo indica que Castelli permanecerá en el tribunal oral al que fue trasladado durante el gobierno de Mauricio Macri hasta que se nombre a un nuevo juez titular para ese cargo.

“Se hace lugar al recurso extraordinario por salto de instancia, se revoca la sentencia recurrida, y se ordena la suspensión de los efectos de la resolución 183/2020 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa”, definieron cuatro de los cinco jueces de la Corte.

La sentencia fue firmada electrónicamente luego de la acordada habitual de los jueves por Juan Carlos Maqueda, Helena Higton de Nolasco, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, en tanto el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, firmó en disidencia.

Castelli pidió a la Corte un salto por instancia para que el máximo tribunal declarara inválida la medida del Consejo de la Magistratura que pidió la revisión de su traslado, junto a los de los camaristas Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, entre otros magistrados.

El recurso ante la Corte que presentó el juez fue tras el rechazo de la medida cautelar en primera instancia por parte de la jueza Alejandra Biotti, titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 12.

La parte resolutiva del fallo con respecto a Castelli señala que el asunto remite a la solución dictada en el caso de Bruglia y Bertuzzi y determina: “Se hace lugar al recurso extraordinario por salto de instancia, se revoca la sentencia recurrida [que es la medida cautelar presentada por Castelli y que le fue denegada], y se ordena la suspensión de los efectos de la resolución 183/2020 [del Consejo de la Magistratura, que había dispuesto su salida del tribunal] hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa”.

Ahora la causa volverá al juzgado de primera instancia contencioso administrativo de Macarena Marra, que deberá resolver el fondo del asunto según los principios del fallo referido a Bertuzzi y a Bruglia.  (DIB) AL

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