La Plata, ene 1 (DIB).- Los contribuyentes inscriptos en el
régimen simplificado del monotributo tendrán tiempo hasta el próximo 20 de
enero para realizar su recategorización si es que han tenido modificaciones en
sus montos de facturación en los últimos doce meses.
Según detalla la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), las
modificaciones deberán hacerse a través del sitio web del ente recaudador
fiscal.
La recategorización procede “sólo si en los últimos 12 meses se
registraron cambios en el desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento
o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, se
deberá recategorizar. Por el contrario, si no se registraron cambios en ninguno
de los aspectos del desarrollo de la actividad, no se deberá hacer ningún trámite
y se da por entendido que corresponde seguir en la misma categoría”.
De acuerdo con la actualización, desde este primer día del
año, los topes y cuotas quedan:
Categoría A: englobará a los monotributistas que facturen por
bienes y servicios hasta $ 208.739,25 y tendrán una cuota mensual de $
1955,68.
Categoría B: facturación por hasta $ 313.108,87 y cuota
de $ 2186,80 tanto para contribuyentes que presten servicios como para
aquellos que vendan cosas muebles.
Categoría C: facturación por $ 417.478,51 y
cuotas en $ 2499,91 para servicios y $ 2457,65 para bienes.
Categoría D: se estableció límite de ingresos brutos hasta
$ 626.217,78 y cuotas mensuales de $ 2947,94 para locación y
prestación de servicios; y $ 2878,37 para la venta de
muebles.
Categoría E: quedó en ingresos hasta $ 834.957, y
la cuota total mensual en $ 3872,18 para los servicios y de $
3482,04 para los bienes.
Categoría F: facturación hasta $ 1.043.696,27 y
cuota mensual de $ 4634,89 para la locación y prestación de servicios y
de $ 4003,69 para la venta de cosas muebles.
Categoría G: $ 1.252,435,53 de ingresos brutos y
cuotas mensuales de $ 5406,02 para servicios y $ 4558,61 para productos.
Categoria H: facturación hasta $
1.739.493,79 y cuotas de $ 9451,93 (servicios) y de $
7886,41 (bienes).
Categoría I: hasta $ 2.043.905,21 de ingresos
brutos y cuotas de $ 11,336,71 solo para venta de cosas muebles.
Categoría J: hasta $ 2.348.316,62 y cuota total
de $ 13.019,83 solo para venta de cosas muebles.
Categoría K: hasta $ 2.609.240,69 y cuota
total de $ 14.716,41 solo para venta de cosas muebles. (DIB) FD