La Plata, mar 19 (DIB/AMPLIACI??N).- El Gobierno bonaerense
oficializó hoy la creación de un régimen especial de ayuda financiera a los
municipios, con el objetivo de acelerar, en el año electoral, la realización de
obras y de finalizar otras que se encuentran paralizadas.
La medida fue dispuesta a través de un decreto publicado hoy
en el Boletín Oficial, que establece la creación del “régimen especial de ayuda
financiera será destinado a financiar total o parcialmente proyectos de
mantenimiento y/u obras nuevas, paralizadas o pendientes de ejecución” en
municipios.
Fuentes oficiales explicaron a DIB que no se trata de un
nuevo fondo para obras municipales, sino que el decreto busca “ordenar, agilizar
y simplificar” los procesos de obtención de recursos por parte de los
intendentes. De hecho, destacaron que el año pasado se asistió a 110 comunas con inversión en infraestructura.
Con todo, la medida busca acelerar la finalización de obras
que, aunque ya iniciadas, quedaron frenadas por falta de fondos, y promover la
realización de nuevos trabajos en un año de definiciones electorales.
El decreto, publicado hoy en el Boletín Oficial, indica que
no será admisible el financiamiento de gastos corrientes y que tales obras no
podrán superponerse con otros proyectos en ejecución o en procesos de ser
ejecutados por la provincia de Buenos Aires.
Además, dispone que en el caso de otorgarse la ayuda
financiera del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, “el
municipio en cuestión deberá presentar a través del intendente y con carácter
de declaración jurada la documentación que respalde la correcta ejecución de
los proyectos”.
Los municipios que reciban fondos por este régimen estarán
bajo el control del Tribunal de Cuentas y garantizarán los fondos efectivamente
transferidos con la coparticipación de impuestos.
El decreto lleva las firmas de la gobernadora, María Eugenia
Vidal; su jefe de Gabinete, Federico Salvai; y los ministros Roberto Gigante
(Infraestructura), Hernán Lacunza (Economía), Joaquín De La Torre (Gobierno).
(DIB) FD/JG