ARBA instrumenta medidas de alivio fiscal para favorecer a las pymes bonaerenses

La Plata, jun 15 (DIB).- La Agencia de Recaudación de la
provincia de Buenos Aires (ARBA) implementará, desde la próxima semana, las
medidas de apoyo fiscal orientadas a las pequeñas y medianas empresas
bonaerenses, así como a otros sectores dedicados a la producción y los
servicios, que había dispuesto la gobernadora María Eugenia Vidal.

“La iniciativa incluye un diferimiento del pago de Ingresos
Brutos, la exclusión temporaria de los regímenes de recaudación, la
flexibilización del levantamiento de medidas cautelares, la rehabilitación de
planes caducos y una ampliación en el monto de devolución automática para
quienes posean saldos a favor con el fisco. En conjunto, estas medidas
configuran un beneficio concreto para el 80% de los contribuyentes de este
impuesto”, explicó el director de ARBA, Gastón Fossati.

Además, indicó que “el paquete de medidas fiscales forma
parte de un programa amplio, integral, implementado por la gobernadora María
Eugenia Vidal para sostener el trabajo y la producción. Las acciones abarcan
ayuda financiera, acceso al crédito, incentivos productivos y asistencia impositiva”.

Respecto del alivio tributario, la iniciativa incluye cinco
medidas concretas. La primera establece el diferimiento, durante noviembre y
diciembre próximo, del pago de Ingresos Brutos para contribuyentes que hayan
facturado en 2017 hasta $2 millones anuales.

Para acceder a este beneficio, que alcanza a 1.140.000
personas físicas y jurídicas que tributan Ingresos Brutos, los contribuyentes
deberán presentar en tiempo y forma la declaración jurada que vence el próximo
martes 20.

El saldo acumulado en el período diferido podrá cancelarse
en hasta 3 cuotas sin intereses mediante un plan de pagos, al que se podrán
adherir hasta el 28 de febrero de 2019. 

La segunda medida dispone que estos contribuyentes serán
excluidos de los regímenes de recaudación, tanto en acreditaciones bancarias
como en el de tarjetas, por lo que no tendrán retenciones en noviembre ni
diciembre.

Por su parte, la tercera iniciativa, que se empezará a
aplicar la próxima semana y estará vigente por tres meses, estipula que los contribuyentes
con deudas tributarias en instancia judicial podrán levantar embargos en sus
cuentas bancarias con solo formalizar un plan de pagos, es decir que no
necesitarán abonar adelantos. En la actualidad, deben cancelar el 10% del monto
total de la deuda como anticipo para el levantamiento automático de las medidas
cautelares.

La cuarta disposición, que estará operativa a partir de
diciembre, prevé que todos los contribuyentes con planes de regularización de
deuda caducos puedan rehabilitarlos durante un plazo de seis meses.

En ese período, deberán cancelarse las cuotas vencidas e
impagas actualizadas, que produjeron la caducidad del plan. Y, en caso de
existir, también las cuotas a vencer, en su plazo original.

Por último, el quinto beneficio amplía de $50.000 a $100.000
el monto de devolución automática que pueden solicitar aquellos contribuyentes
que posean saldos a favor con el fisco provincial. Esta medida, que regirá a
partir de enero de 2019, abarca a quienes exhiban buen comportamiento tributario.

El trámite para pedir la devolución de saldos a favor, tal
como sucede en la actualidad, deberá realizarse a través de la aplicación
“Demandas de repetición” disponible en www.arba.gob.ar.
(DIB) MCH