La Plata, jun 4 (DIB).- El Gobierno bonaerense calificó como
“ilegal” los incrementos en los valores de los bonos de IOMA anunciados de
forma unilateral por los prestadores médicos, y la obra social adelantó que
reintegrará los montos que los afiliados paguen de más en los próximos días.
“Esta decisión se encuentra fuera del marco de la ley, ya
que, como se sabe, IOMA mantiene con sus prestadores convenios que se firmar de
común acuerdo y ambas partes deben respetar”, indicó al obra social en un
comunicado, en el que ratificó que se garantiza el “reintegro de los montos que
deban pagar por encima del valor de los bonos de consultas médicas acordados
con las entidades”.
Según se informó en un comunicado, “la obra social de los
bonaerenses se encuentra en plenas negociaciones por el incremento de los
honorarios profesionales con las entidades médicas de La Plata, Ensenada, Trenque Lauquen, San
Pedro, Balcarce, Tandil y Mar del Plata”.
En ese marco, sostienen que el Cemibo (la cámara que agrupa
a los profesionales de esas zonas) “anunció unilateralmente un incremento en el
valor de los copagos que abonan los afiliados”.
Por este motivo, la obra social anunció que “tomará las
acciones legales correspondientes frente a toda entidad, o profesional médico
que bajo un convenio vigente y de modo arbitrario modifique las condiciones o
requisitos de atención al afiliado”. Además, se señaló que se debitará de las
facturaciones de dichas entidades el monto total de lo que la obra social
reintegre a sus afiliados en concepto de la medida de fuerza.
Para tramitar la solicitud de devolución, los beneficiarios
deberán dirigirse a la delegación que les corresponda, con la documentación
básica (fotocopia del DNI, de la credencial y del último recibo de sueldo o
recibo de pago en caso de afiliados voluntarios); la nota de solicitud de
reintegro ???en este caso aludiendo al aumento unilateral de bonos???; factura original o recibo
profesional equivalente (B o C) y el ticket emitido por cajero automático,
donde conste el número de cuenta y sucursal bancaria o constancia de CBU del
afiliado. (DIB) JG