La Plata, jun 12 (DIB).- Las personas físicas y jurídicas
que tributan Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires y poseen hasta
$50.000 de crédito fiscal con la Agencia de Recaudación (ARBA), pueden
solicitar la devolución de esos saldos a través de un trámite que se realiza
íntegramente por internet.
En ese sentido, el director de ARBA Gastón Fossati, explicó
que “antes los contribuyentes tenían que enfrentar un trámite engorroso que
podía llevar años: ahora, con la herramienta digital que desarrollamos, la
devolución se resuelve en pocos días a partir de una operatoria ágil, simple y
transparente, que evita la necesidad de concurrir a un punto de atención
presencial”.
Asimismo, Fossati subrayó que “por principios de equidad, la
iniciativa beneficia puntualmente a quienes sean cumplidores, exhiban un buen
comportamiento tributario, no estén sujetos a fiscalizaciones y tengan al día
todas sus obligaciones vinculadas con Ingresos Brutos, entre otros requisitos”.
La medida representa un beneficio para el 83% del total de
contribuyentes que tienen créditos fiscales con la Agencia de Recaudación de la
provincia de Buenos Aires. Los saldos a favor provienen del régimen de
retención y percepción de Ingresos Brutos, así como están generados por pagos
erróneos vinculados con el impuesto.
El mecanismo regía desde el año pasado para personas físicas
que tuviesen saldos a favor de hasta $10.000 y, este mes, a partir de la
optimización del desarrollo informático que gestiona las demandas de
repetición, ARBA pudo ampliar el límite para acceder al servicio, llevándolo a
$50.000 e incluyendo en el sistema a las empresas.
Para tramitar la devolución de sus créditos fiscales, los
contribuyentes que cumplan estas condiciones deben ingresar en www.arba.gob.ar
y acceder a la aplicación “Demanda de Repetición”, donde tendrán que formalizar
la presentación a través de su CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
El sistema informará los saldos a favor que constan en la
base de datos de ARBA para que el contribuyente pueda seleccionarlos, y
posteriormente, en caso de que la persona física o jurídica posea deudas
vinculadas con impuestos predeterminados como Inmobiliario o Automotores, le
ofrecerá la posibilidad de compensar esos montos impagos con parte o la
totalidad del crédito fiscal.
Una vez cumplimentado este último paso se obtendrá un
comprobante de la presentación y, de manera automática, se iniciará el circuito
administrativo digitalizado que resolverá la petición del contribuyente a
través de la compensación o devolución que corresponda.
La informatización del procedimiento es completa, ya que incluye expedientes y
firmas digitales, así como notificaciones que se envían al domicilio fiscal
electrónico del contribuyente, lo cual garantiza la celeridad y transparencia
del sistema. (DIB) FD