La Plata, may 4 (DIB).- El Ente Nacional Regulador del Gas
(Enargas) prohibió hoy a las distribuidoras incorporar
conceptos no vinculados al servicio en las facturas de los usuarios del sistema
de gas natural por red, lo que limitará la aplicación de cualquier tributo
provincial o municipal, que actualmente se cobran junto con el consumo.
A través de la Resolución 30/2018 publicada en el Boletín
Oficial, el Enargas estableció que todo código de facturación que pretenda
incluirse “deberá guardar estrecha relación con los servicios regulados, y
estar previamente contemplado en una norma de alcance general que así lo
prevea”.
En la norma, “se establece la expresa prohibición de
incorporar conceptos no autorizados por este organismo” de acuerdo con lo
dispuesto por el organismo recientemente normalizado con la designación de su
presidente Mauricio Ezequiel Roitman.
El organismo regulador destacó que con esta decisión se
“logró unificar todas las normativas relacionadas con los mecanismos de
facturación”.
Fuentes oficiales explicaron que la idea es
“limpiar” las facturas del gas para hacer más transparente los costos
del servicio y evitar la situación que se registra en las boletas de
electricidad en la que se suman gravámenes provinciales y municipales no
vinculados.
No obstante, se admite que el problema más conflictivo se
observa en las facturas del servicio de electricidad, en las cuales se
advirtieron gravámenes que suman hasta más de un 30 por ciento a lo que
deberían ser los cargos propios.
De esta manera, antes de agregar un nuevo concepto en la
factura, las empresas prestadoras del servicio de gas natural deberán solicitar
al Enargas la autorización correspondiente si estuviere vinculado al servicio,
dado que es el único competente para determinar la metodología de facturación.
Desde 1996, mediante sus resoluciones, el organismo
reglamentó la incorporación en factura, por renglón separado, de diversos
conceptos, en tanto guarden estricta relación con la prestación del servicio
regulado.
Entre esas medidas, se autorizó implementar mecanismos de
financiación para la construcción de instalaciones internas domiciliarias y que
las mismas sean incluidas en la factura, bajo los lineamientos allí estipulados
y previa autorización de esta Autoridad Regulatoria.
También se permitió implementar mecanismos de financiación
similares para la construcción de obras externas como redes de distribución
domiciliarías, ramales de aproximación, estaciones reductoras de presión y
otras instalaciones complementarias.
El año pasado, el Enargas aprobó la “Metodología para la
inclusión en la factura del servicio público de distribución de gas por redes
de tributos locales” con vigencia hasta el 31 de marzo de este año y que
fue complementada con otra normativa para gravar la ocupación o uso del espacio
público. (DIB)